Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 76863 de 27 de Noviembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691811673

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 76863 de 27 de Noviembre de 2014

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Valledupar
Número de expedienteT 76863
Número de sentenciaSTP16242-2014
Fecha27 Noviembre 2014
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 2


FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

MAGISTRADO PONENTE



STP16242-2014

Radicación No. 76863

Acta No. 409



Bogotá, D.C., noviembre veintisiete (27) de dos mil catorce (2014).


I. VISTOS:



La Sala se pronunciara respecto de la impugnación interpuesta por el C.H.A.B.J., Director de Sanidad de la Policía Nacional contra la sentencia dictada el 06 de octubre del año en curso por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Valledupar, a través de la cual amparó los derechos fundamentales a la vida, salud y dignidad humana, invocados por K.P.F.P. a favor de su mejor hija, presuntamente vulnerados por la entidad recurrente.

II. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


1. K.P.F.P., señaló que su hija menor de edad G.D.L.F., se encuentra afiliada al Subsistema de Seguridad Social de la Policía Nacional, habida cuenta que su padre es miembro de esa institución.


2. Agregó que debido a que padece de parálisis cerebral leve, fue atendida por especialistas adscritos al Hospital Rosario Pumarejo de L. y de la I.P.S. Cirujanos y P. Asociados. En esta última, el médico tratante mediante órdenes fechadas 02 y 23 de julio de 2014, dispuso la práctica de ciento veinte (120) terapias de “neurodesarrollo integral para garantizar mejor resultado funcional, incluyendo terapia física, ocupacional, marcha psicológica y de lenguaje”.


3. Precisó que solicitó a Sanidad de la Policía Nacional la autorización del referido procedimiento en la “entidad denominada CRIA, centro especializado en este tipo de terapias” con sede en Valledupar, pero su petición fue negada, alegando que su descendiente podía ser tratada de manera integral con fisioterapia, terapia ocupacional y fonoaudiología, en instituciones de salud que tuvieran contrato con la Policía Nacional.


4. Adujo que los procedimientos que ofrecía la Dirección de Sanidad de la referida institución policial, no incluían la aplicación de otros tratamientos que posibilitarían en gran medida una mejoría en la salud de su hija, como era el caso de la neuropsicología.


5. En vista de lo anterior, K.P.F.P., madre de G.D.L.F., acudió al juez de tutela para que le protegiera los derechos fundamentales a su descendiente, porque considera que la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional demostró “una actitud negligente en cuento el tratamiento que necesita la menor”.


Con base en lo expuesto, solicitó se ordenara a la accionada que en el menor tiempo posible autorizara y sufragara los exámenes y procedimientos que sean necesarios para mejor la salud de su menor hija.


III. TRÁMITE DE LA ACCIÓN:


1. La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Valledupar admitió la demanda y ordenó vincular a los terceros que pudieran verse afectados con la decisión que pusiera fin al amparo solicitado.


2. El C.H.A.B.J., Director de Sanidad de la Policía Nacional puso de presente que la parte actora con similares argumentos había instaurado otra acción de tutela, la cual había sido despacha desfavorable por ese Tribunal en fallo del 09 de junio del año en curso, por tanto, debía declararse la temeridad de la acción.


De otra parte, precisó que la niña G.P.L.F., es una paciente pediátrica de 5 años de edad y presenta antecedentes de parálisis cerebral leve, pie plano y deformidad de rodilla, quien ha sido atendida por los galenos de medicina general y pediatría del Área de Sanidad Cesar y de la red externa, neuropediatría y valoración por fisiatra, en las ciudades de Valledupar y Barranquilla, “quienes sugieren terapias de neurodesarrollo”.


Luego de hacer referencia a que a la menor se le habían prestado los servicios de terapias en Rehabilitación Asociados Ltda., señaló que la IPS Cirujanos y P. con sede en Barranquilla, la cual hace parte de la red externa de la Policía Nacional Cesar, generó una orden de 160 sesiones de terapias integrales neurodesarrollo, pero ese “tratamiento no se encuentra en el Plan de Salud de la Policía...

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