Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 67684 de 3 de Diciembre de 2014
Sentido del fallo | DECLARA DESIERTO RECURSO DE CASACIÓN |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Barranquilla |
Fecha | 03 Diciembre 2014 |
Número de sentencia | AL7472-2014 |
Número de expediente | 67684 |
Tipo de proceso | RECURSO DE CASACIÓN |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
27
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
E.D.P.C.C.
Magistrada ponente
AL7472-2014
Radicación n.º 67684
Acta 43
Bogotá, D.C., tres (3) de diciembre de dos mil catorce (2014).
L.E.P.P. (en nombre propio y en representación de sus menores hijos) vs. E.d.C.S. y otros.
Por falta de sustentación oportuna del recurso, se declara desierto.
I. multa de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes, al apoderado sustituto de la parte RECURRENTE, doctor J.A.S.M. con C.C. No. 72.342.511 y T.P. No. 172.576, según lo establecido por el inciso 3°, artículo 49 de la Ley 1395 de
Radicación n.° 67684
2010, a favor de la Nación – Consejo Superior de la Judicatura, Banco Agrario, cuenta DTN multas y cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4. En el expediente consta como dirección del apoderado la Calle 89 Nº. 40ª-90 de Barranquilla.
Como no queda actuación pendiente, devuélvase el expediente al Tribunal de origen.
Así mismo, remítase copia de esta decisión al Consejo Superior de la Judicatura para lo pertinente.
N..
R.E. BUENO
Presidente de Sala
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
E.D.P.C.C.
Radicación n.° 67684
CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO
GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba