Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77169 de 4 de Diciembre de 2014
Sentido del fallo | REVOCA CONCEDE TUTELA PARCIAL |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cali |
Número de expediente | T 77169 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP16572-2014 |
Fecha | 04 Diciembre 2014 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2
Magistrada Ponente
STP16572-2014
Radicación N° 77169
(Aprobado Acta No. 421)
Bogotá, D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil catorce (2014).
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Se pronuncia la Sala sobre la impugnación presentada por J.E.A. en contra del fallo de tutela proferido el 28 de octubre último por el Tribunal Superior de Cali, que negó el amparo del derecho fundamental de petición, presuntamente vulnerado por la Presidencia de la República, en actuación que comprende a la Alcaldía de Cali.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
El memorialista afirma que en atención al ofrecimiento efectuado por el P.J.M.S. en desarrollo de la campaña presidencial relacionado con la entrega de viviendas gratuitas, el 9 de julio de 2014 elevó petición ante el primer Mandatario con miras a obtener el beneficio prometido, sin que desde entonces a la fecha de interposición de la acción hubiese obtenido respuesta alguna.
TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA
1. El Tribunal de primera instancia por medio de auto proferido el 14 de octubre último admitió la demanda de tutela, notificó su iniciación a la accionada y a la Alcaldía de Cali para la debida integración del contradictorio.
2. La apoderada del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República sostuvo que la respuesta a la petición elevada por el actor se produjo con antelación a la promoción de la acción de tutela, esto es, el 16 de julio de 2014, oportunidad en la cual se le informó que por competencia la solicitud se había remitido a la Alcaldía de Cali, conforme lo demuestra con la documentación incorporada al infolio.
3. El a quo denegó el amparo solicitado. En tal sentido, mencionó que como la Presidencia de la República emitió respuesta a la solicitud elevada por el actor el 16 de julio de 2014, en el sentido de remitirla por competencia a la Alcaldía de Cali, no se advierte soslayado el derecho superior invocado por el actor.
4. La parte actora impugnó la decisión de instancia. En dicho sentido, manifestó que el competente para entregar las viviendas gratuitas es el Presidente de la República, pues fue él quien las prometió durante su campaña presidencial.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
De conformidad con la preceptiva del artículo...
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