Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77125 de 4 de Diciembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691813141

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77125 de 4 de Diciembre de 2014

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 77125
Número de sentenciaSTP16644-2014
Fecha04 Diciembre 2014
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1



LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado Ponente



STP16644-2014

Radicación n° 77125

Acta No.


Bogotá, D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil catorce (2014)


ASUNTO


Se pronuncia la Sala en relación con la demanda de tutela presentada por L.A.O.C., contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín y el Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad, trámite que se extendió a la Fiscalía 114 Seccional, por la presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso.

1. LA DEMANDA


1. De lo expuesto en el libelo y las pruebas allegadas al expediente, se sabe que L.A.O.C. fue condenado por el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Medellín, a la pena de 144 meses de prisión al ser hallado responsable del delito de actos sexuales con menor de 14 años, en sentencia emitida el 30 de octubre de 2012.


2. El defensor interpuso recurso de apelación contra esa decisión y la Sala Penal del Tribunal Superior de dicha ciudad, en providencia del 20 de marzo de 2013, la confirmó.


3. Afirma el actor que por “negligencia” del juzgado de conocimiento se halla privado de la libertad, toda vez que no atendió a su defensor en punto de los testigos que presentó a su favor, entre ellos el del padre de la niña, limitándose a valorar la versión de la progenitora quien lo acusó de algo que nunca hizo.


3.1. Dicha señora adujo que él encerró a la menor en una pieza y que la había tocado, pero en la revisión efectuada por el médico no se determinó ningún rasgo de violación, tampoco tenía traumas psicológicos, de donde concluye que todo fue mentiras creadas por la madre y una tía de la niña, quien fue inducida a mentir, tal como quedó evidenciado con el testimonio de su padre cuando afirmó que su esposa lo hizo por venganza.


3.2. Se considera una persona muy correcta, responsable y justa, tanto así que cuando uno de sus amigos se enteró de la denuncia que cursaba en su contra, se disgustó con su compañera, pues él sabía que no era el individuo que ésta afirmaba y que todo obedecía a una invención creada por ella.


3.3. Afirma que cuando una niña es violada o tocada queda con traumas psicológicos y le cogería miedo a él; sin embargo, después de los hechos la menor lo ha visitado en su casa y ha compartido todas las festividades, donde se le “trató con mucho...

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