Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 76878 de 4 de Diciembre de 2014
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cali |
Fecha | 04 Diciembre 2014 |
Número de sentencia | STP16586-2014 |
Número de expediente | T 76878 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1
GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ
MAGISTRADO PONENTE
STP16586-2014
Radicación n° 76878
Aprobado acta No. 421.
Bogotá, D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil catorce (2014).
Decide la Sala la impugnación interpuesta por el accionante MILLER EDGARDO MURCIA CADENA, a través de apoderado judicial, frente al fallo proferido el 9 de octubre de 2014 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante el cual negó la tutela incoada en contra del Juzgado 2º Penal de Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad, por la presunta violación de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia.
ANTECEDENTES
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HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Los hechos que motivaron la solicitud de amparo constitucional, fueron reseñados por el A quo de la forma como sigue:
Indica el togado que contra su representado cursa en el JUZGADO 2º PENAL DE CIRCUITO DE CALI un proceso penal, por el delito de FABRICACIÓN, TRÁFICO, PORTE O TENENCIA DE ARMAS DE FUEGO, ACCESORIOS, PARTES O MUNICIONES, donde el 26 de agosto del presente año se llevó a cabo audiencia preparatoria en la cual, el titular de dicho despacho, negó unas pruebas solicitadas por la defensa, motivo por el cual interpuso recurso de apelación contra esa decisión, el cual fue declarado desierto.
Considera que con el proceder del juez se está condenando de manera anticipada a su defendido, ya que esa decisión impide llevar a sus testigos para ofrecer claridad en los hechos materia de la investigación.
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PRETENSIONES
El accionante solicita se le tutelen los derechos fundamentales reclamados y, en consecuencia, se ordenen las declaraciones deprecadas al interior del proceso penal adelantado en su contra. De manera subsidiaria pretende dejar sin efecto lo actuado a partir de la audiencia de imputación de cargos y remitir el expediente a la Jurisdicción Penal Militar.
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INFORME DEL ACCIONADO Y VINCULADO
El Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali informó que el 26 de agosto se llevó a cabo la audiencia preparatoria en la cual el apoderado judicial del accionante solicitó la práctica de pruebas testimoniales, las cuales fueron objetadas por la fiscalía argumentando que no se aclaró si se trataba de testigos testimoniales o no; así mismo, resaltó que mediante auto interlocutorio Nº 110 negó a la defensa las solicitudes probatorias debido a que no demostró la pertinencia de las mismas y su utilidad para la teoría del caso, decisión contra la cual la defensa presentó recurso de apelación, siendo declarado desierto.
La Fiscalía Sexta Seccional de Cali adujo que se decretó la improcedencia de las pruebas, debido a que no se acreditó en debida forma por qué y para que se requerían cada una ellas, y si las personas eran testigos presenciales de los hechos o de las calidades o condiciones personales del...
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