Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77069 de 16 de Diciembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691814597

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77069 de 16 de Diciembre de 2014

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP 17514-2014
EmisorSala de Casación Penal
Fecha16 Diciembre 2014
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
Número de expedienteT 77069
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia



Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 3



PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR MAGISTRADA PONENTESTP 17514-2014 Radicación No. 77.069 Acta No 439



Bogotá D. C., dieciséis (16) de diciembre de dos mil catorce (2014)



VISTOS



Se pronuncia la Sala sobre la impugnación instaurada por JOSÉ POLIDORO PIÑEROS PARRA, contra el fallo proferido el 17 de octubre del presente año por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE VILLAVICENCIO, mediante el cual negó las pretensiones de la acción de tutela formulada contra la FISCALÍA 136 SECCIONAL DE BOGOTÁ y el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE DESCONGESTIÓN DE ACACÍAS - META, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.



ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN



Fueron sintetizados por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, en el fallo de primer grado así:


El accionante se encuentra privado de la libertad en el Establecimiento Penitenciario y C. de Acacías descontando la pena de 362 meses de prisión por las conductas punibles de secuestro simple agravado, hurto calificado y concierto para delinquir impuesta en sentencia del 12 de octubre de 2007 por el Juzgado 2º Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Bogotá, modificado por el Tribunal Superior de Cundinamarca, el 2 de agosto de 2010.


Manifiesta que tiene pendiente una investigación por el delito de fraude procesal en la Fiscalía 136 Seccional de Bogotá, y que en varias oportunidades ha presentado derechos de petición ante ese despacho solicitando el archivo de la actuación por haber prescrito la acción penal y que a la fecha de interposición de la presente acción de tutela no ha recibido respuesta de fondo por parte de esa fiscalía por lo que solicita el amparo del derecho fundamental de petición.1



EL FALLO IMPUGNADO


La Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio negó las pretensiones de la demanda, argumentando que el actor no cumplió con el requisito de procedibilidad que en estos casos se exige para analizar la procedencia del amparo constitucional, dado que no allegó prueba demostrativa de los derechos de petición que elevó ante la FISCALÍA 136 SECCIONAL DE BOGOTÁ.


En este sentido, la Sala a quo expresó:


Si bien es cierto en materia probatoria la acción de tutela se...

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