Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77265 de 18 de Diciembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 691815549

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77265 de 18 de Diciembre de 2014

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha18 Diciembre 2014
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP17373-2014
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Medellín
Número de expedienteT 77265
MateriaDerecho Penal
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 2




JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

MAGISTRADO PONENTE



STP17373-2014

Radicación N° 77265

Aprobado acta N° 441



Bogotá, D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil catorce (2014).


VISTOS





La S. resuelve la impugnación interpuesta por el accionante YORMAN ALEXANDER LONDOÑO CHALARCA, contra la sentencia del 12 de noviembre de 2014 con la cual la S. de Decisión Penal del Tribunal Superior de Medellín, negó la solicitud de amparo que invoca para los derechos fundamentales que afirma vulnerados por la Universidad de la Sabana y la Comisión Nacional del Servicio Civil.

I. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


La Comisión Nacional del Servicio Civil profirió el Acuerdo 181 del 2 de octubre de 2012, por medio del cual se convocó a concurso abierto de méritos para proveer los empleos vacantes de directivos docentes, docentes de preescolar, básica media y orientación en los establecimientos oficiales que prestan su servicio a población mayoritaria del Departamento de Antioquia.


YORMAN ALEXANDER LONDOÑO CHALARCA se inscribió para el cargo de docente de aula por nivel, ciclo o área de conocimiento y realizó las pruebas de aptitudes y competencias básicas y psicotécnicas, obteniendo una calificación de 60,20 y 89,47, respectivamente


El 15 de septiembre de 2014, la Comisión Nacional de Servicio Civil y la Universidad de la Sabana publicaron la lista de admitido e inadmitidos, encontrándose el accionante en esta última, indicando en la observación que no cumplía con los requisitos porque el título aportado no correspondía para el cargo que aspiraba.


Inconforme con la determinación, el concursante mencionó que hizo uso de los aplicativos dispuestos por la Comisión Nacional de Servicio Civil y la Universidad de La Sabana sin que haya podido realizar la reclamación pese a haberlo intentado en innumerables ocasiones.


En tales condiciones, YORMAN ALEXANDER LONDOÑO CHALARCA interpone acción de tutela contra la Comisión Nacional de Servicio Civil y la Universidad de la Sabana en procura de amparo de sus derechos fundamentales a la igualdad, trabajo y debido proceso.



El accionante sostiene que cumple con los requisitos mínimos para acceder al empleo, toda vez que conforme con lo establecido en el artículo 17 del Acuerdo 181 del 2 de octubre de...

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