Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 77200 de 18 de Diciembre de 2014
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cúcuta |
Número de expediente | T 77200 |
Número de sentencia | STP17376-2014 |
Fecha | 18 Diciembre 2014 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS
JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO
Magistrado Ponente
STP17376-2014
Radicación N° 77200
Aprobado acta N° 441
Bogotá, D.C., dieciocho (18) de diciembre de dos mil catorce (2014).
V I S T O S
Decide la Sala la impugnación interpuesta por la accionante DINA SANDRID CARRASCAL MUÑOZ en contra del fallo proferido el 31 de octubre de 2014 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, mediante el cual se negó la protección para los derechos fundamentales que estima vulnerados por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
I. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
La ciudadana DINA SANDRID CARRASCAL MUÑOZ promovió demanda de tutela, en procura de amparo para los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad que estima conculcados por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
En sustento del amparo pretendido, refirió la accionante que el 11 de diciembre de 2013, se inscribió al concurso de méritos adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civil, para el cargo de Dragoneante Grado 11 del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –INPEC-.
Adujo, que realizó todas las pruebas físicas, médicas y psicológicas, habiendo resultado “NO APTA” atendiendo su estatura, toda vez que mide 1.59 cm, razón por la cual ha intentado hacer uso de la reclamación pero la página no le ha permitido ingresar, estando a punto de vencerse el plazo para proceder a ello.
Solicitó entonces, se ordene a la Comisión Nacional del Servicio Civil aceptar su reclamación, de tal suerte que se le permita continuar en el proceso del concurso para el cargo al cual aspira.
II. RESPUESTA DE LA AUTORIDAD ACCIONADA
La Comisión Nacional del Servicio Civil acudió al trámite a través del Asesor Jurídico, indicando que al momento de inscribirse al concurso la accionante aceptó las normas fijadas para su desarrollo, sin que resulte desproporcionada la exigencia de la estatura (1.66 cm) para el cargo de su aspiración.
Seguidamente se refirió a los requisitos y al contenido de las normas que regulan el concurso de méritos del INPEC, en el marco de la Convocatoria 315 de 2013, a la vez que precisó que la actora presentó la respectiva reclamación, la cual se...
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