Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002014-02951-00 de 22 de Enero de 2015
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Número de sentencia | STC085-2015 |
Fecha | 22 Enero 2015 |
Número de expediente | T 1100102030002014-02951-00 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
Radicación n.° 11001-02-03-000-2014-02951-00.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
Magistrado ponente
STC085-2015
Radicación n.° 11001-02-03-000-2014-02951-00
(Aprobado en sesión de veintiuno de enero de dos mil quince)
Bogotá, D. C., veintidós (22) de enero de dos mil quince (2015).
Decide la Corte la acción de tutela formulada por Seguros Suramericana S.A., R.M.D. y Fernando Mejía Torres contra la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Pereira, trámite al cual se vincularon las partes e intervinientes en el proceso objeto de la queja constitucional.
I. ANTECEDENTES
A. La pretensión
En el libelo que diera origen a la presente acción, los accionantes por conducto de apoderado judicial solicitaron el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y libre acceso a la administración de justicia, que considera vulnerados por la autoridad judicial accionada al proferir en segunda instancia la sentencia que los declaró civilmente responsables del accidente de tránsito en el cual perdió la vida A.C.M..
En consecuencia, piden que se deje sin efecto la mencionada providencia por haber incurrido en defecto fáctico, y en su lugar, se ordene dictar una nueva decisión en la que se realice una adecuada valoración de las pruebas.
B. Los hechos
1. Los señores L.M., M.L., H.I. y A.M.M.O., M.E.M. y M.C.N.G. presentaron demanda de responsabilidad civil extracontractual contra los aquí accionantes, para obtener el pago de una indemnización por los perjuicios materiales y morales causados a raíz del deceso de su familiar, A.C.M., acaecido el día 13 de diciembre de 2007, como consecuencia de un accidente de tránsito.
2. El Juzgado Quinto Civil del Circuito de P. conoció del trámite de la primera instancia y mediante sentencia del 22 de junio de 2012 negó las pretensiones de la demanda y declaró probada la excepción denominada «culpa exclusiva de la víctima», alegada por los demandados.
3. Contra aquel fallo la parte demandante interpuso recurso de apelación, el cual fue desatado por el Tribunal Superior de P. a través de sentencia del 14 de agosto de 2013, donde, contrario a lo señalado por el a quo, sí concluyó la responsabilidad civil de los demandados, revocó la sentencia de primer grado y...
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