Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 78625 de 9 de Abril de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 691827453

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 78625 de 9 de Abril de 2015

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Número de expedienteT 78625
Número de sentenciaSTP4049-2015
Fecha09 Abril 2015
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1



GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ

MAGISTRADO PONENTE


STP4049-2015

Radicación n° 78625

Acta No. 121.


Bogotá, D.C., nueve (9) de abril de dos mil quince (2015).


VISTOS


Decide la Sala la impugnación presentada por el señor HENRY BOLÍVAR GARCÍA, frente al fallo proferido el 16 de febrero hogaño por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, mediante el cual le negó la tutela instaurada en contra del Juzgado 9º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta misma ciudad, por la presunta violación de sus derechos fundamentales de petición y debido proceso, trámite al que se ordenó vincular al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución y al Juzgado 3º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión, ambos con sede en esta capital.



ANTECEDENTES


  1. HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Fueron reseñados por el a quo de la forma como sigue:


(…)Informa el actor que el 16 de abril de 2014 presentó ante el juzgado noveno de ejecución de penas y medidas de seguridad, solicitud dirigida a que se le practicara confrontación dactiloscópica para establecer la plena identidad, dentro del proceso radicado N° 11001310404820060048600, adelantado en su contra por el juzgado cuarenta y ocho penal del circuito, despacho que lo condenó a 54 meses de prisión por el delito de receptación.


Señala que desde la fecha de presentación de la aludida petición, no ha recibido respuesta alguna, situación que resulta vulneratoria de sus derechos fundamentales, en la medida en que fue víctima de una presunta suplantación de identidad.


  1. PRETENSIONES

El demandante solicita la protección de sus derechos fundamentales y, en ese sentido, se ordene dar respuesta concreta y de fondo a la solicitud presentada.




  1. INFORMES DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADOS

El Juzgado 3º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión de Bogotá indicó que en cumplimiento de los acuerdos PSAA 14-10195, PSAA 14-10206 y CSBTA 14-0330 del Consejo Superior de la Judicatura, el 19 de septiembre de 2014 recibió el proceso N° 11001310404820060048600 procedente de su homólogo 9º permanente, y que mediante auto del 11 de febrero de 2015 se negó la nulidad deprecada por el actor y se decretó la extinción de la sanción penal por liberación definitiva, remitiéndole oficio por medio del cual se informa sobre lo decidido por el despacho. Que el cotejo por que sirvió de sustento para negar la petición anulatoria mencionada, fue ordenada por el citado Juzgado 9º de Penas, mediante auto del 4 de julio de 2014.


El Juzgado 9º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá...

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