Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 25745 de 22 de Septiembre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 691836617

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 25745 de 22 de Septiembre de 2009

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Número de expedienteT 25745
Fecha22 Septiembre 2009
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL


Radicación Nº 25745

Acta Nº 37

Magistrado Ponente: CAMILO TARQUINO GALLEGO

Bogotá D.C., veintidós (22) de septiembre de dos mil nueve (2009)


Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por B.R.N., contra el fallo del 6 de agosto de 2009, proferido por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, en el trámite de la tutela que el arriba citado promovió contra la SALA CIVIL FAMILIA DEL TRIUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE, por la providencia dictada dentro de un procedimiento de idéntica naturaleza constitucional.


ANTECEDENTES


Pretende el actor la protección de sus derechos fundamentales a la seguridad social, al libre desarrollo de la personalidad, al debido proceso y a la igualdad, presuntamente vulnerados por los funcionarios judiciales accionados.


Fundamentó su petición de amparo en los hechos que se resumen a continuación:


Que promovió acción de tutela, con el fin de obtener el reconocimiento y pago de su pensión de jubilación; que el asunto correspondió al Juzgado Tercero de Familia de B., el cual accedió al amparo, pero que ante “la ambigüedad sobre la pretensión que debía tutelarse” impugnó; que la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de B., el 2 de febrero de 2002, confirmó la decisión y estableció el régimen que se le debería aplicar, decisión que hizo tránsito a cosa juzgada constitucional, porque fue excluida de revisión.


Aseveró que, pese a los múltiples requerimientos al Instituto de Seguros Sociales para que cumpliera el fallo de tutela, presentó incidente de desacato; que el Juzgado Tercero de Familia de B. declaró el desacato del Jefe de Pensiones del I.S.S., ordenó su arresto por tres días y el pago de una multa de tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, pero que la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de B. “en forma inexplicable” revocó la sanción impuesta al considerar que el I.S.S. cumplió la orden judicial al expedir la Resolución N° 6162, del 26 de junio de 2009.


A su juicio el ad quem ignoró su propia decisión, en la que, por demás había establecido el régimen legal que le era aplicable; adujo que en la citada Resolución “la realidad fue aplastante, pues al cuantificar el monto de mi pensión (…) distorsionó dolosamente ese imperativo e incluso mal aplicó el artículo 36 de la Ley 100, supuestamente con el que, a la...

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