Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 43669 de 13 de Agosto de 2009
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Número de expediente | T 43669 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 13 Agosto 2009 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Materia | Derecho Penal |
TUTELA PRIMERA INSTANCIA N° 43669
EDYE EYECID P.J.
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS
Magistrado Ponente:
JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS
Aprobado acta N° 252
Bogotá D. C., agosto trece (13) de dos mil nueve (2009).
V I S T O S
Decide la S. en primera instancia, la acción de tutela que promueve a través de apoderado el ciudadano EDYE EYECID P.J., contra el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Tunja y la S. de Decisión Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad, por presunta lesión a sus derechos constitucionales.
ANTECEDENTES FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
El acontecer fáctico que rodea la interposición de la presente acción constitucional, se contrae al proceso penal que se adelantó en contra del
ciudadano EDYE EYECID P.J. por el delito de estafa.
Correspondió adelantar la etapa del juicio al Juzgado Segundo Penal del Circuito Tunja, despacho que luego de agotar el debate público emitió sentencia el 7 de noviembre de 2008 a través de la cual condenó a P.J. a la pena de 57 meses de prisión, tras hallarlo responsable del delito referido.
Contra la anterior decisión interpuso recurso de apelación el apoderado del procesado, por lo que se corrió el traslado para los recurrentes hasta el 5 de diciembre de 2008, procediendo el nuevo defensor a presentar escrito el 12 de diciembre en el que impetraba la nulidad de lo actuado por caducidad de la querella, luego de lo cual el juzgado cognoscente concedió la impugnación con auto del 16 de diciembre siguiente.
Es así que las diligencias se remitieron a la S. Penal del Tribunal Superior de Tunja, donde mediante sentencia del 13 de mayo de 2009, se confirmó el fallo en lo que fue objeto de alzada, oportunidad en la que se precisó que ningún pronunciamiento se emitía en torno a la solicitud de nulidad como quiera que se impetró fuera del término legal.
Se sabe que contra la sentencia de segundo grado se interpuso recurso extraordinario casación, por lo que en la actualidad se surte el trámite pertinente ante el Tribunal Superior de Tunja.
En tales condiciones, el ciudadano EDYE EYECID P.J. presenta a través de apoderado demanda de tutela, en procura de protección para sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, libertad e igualdad que estima vulnerados en la actuación reseñada, en cuanto los funcionarios accionados omitieron resolver la petición de nulidad presentada desde el pasado 12 de diciembre de 2008 con fundamento en la caducidad de la querella, a partir de la cual se desprende un defecto protuberante de la actuación penal que vicia el proceso y que de no subsanarla le traerían consecuencias gravosas.
Solicita en consecuencia, se adopten los correctivos del caso.
Al avocar el conocimiento de la presente...
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