Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 40865 de 9 de Marzo de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 691851281

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 40865 de 9 de Marzo de 2009

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Tunja
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 40865
Fecha09 Marzo 2009
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia Impugnación 40865 A:/ FABIO EDUARDO VALBUENA MORENO


Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA¡Error!Marcador no definido.

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISIÓN EN TUTELA-


Magistrado Ponente

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

Aprobado Acta de Sala No. 66


Bogotá, D.C., nueve de marzo de dos mil nueve (2009)

VISTOS


Conoce la Corte de la impugnación del fallo emitido el 10 de febrero de 2009 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Tunja, que negó la tutela instaurada por FABIO EDUARDO VALBUENA MORENO contra el P. de la República y la Agente Interventora ante D.M.G. Grupo Holding S.A., por presunta vulneración de sus derechos constitucionales al debido proceso, contradicción y carga de la prueba.


1. ANTECEDENTES


1.1. Mediante Decreto Legislativo 4333 del 17 de noviembre de 2008 se declaró el estado de emergencia social con el fin de contener los efectos sociales y económicos creados a partir de la proliferación de manera desbordada en todo el país de distintas modalidades de captación o recaudo masivo de dineros del público no autorizados bajo sofisticados sistemas que han dificultado la intervención de las autoridades.


1.2 En virtud del anterior y en la misma fecha se expidió el Decreto 4334 por el cual se ordenó la intervención Estatal, por conducto de la Superintendencia de Sociedades, de oficio o a solicitud de la Superintendencia Financiera, en los negocios, operaciones y patrimonio de las personas naturales o jurídicas que desarrollan o participan en la actividad financiera sin la debida autorización estatal, conforme a la ley, para lo cual se le otorgan a dicha Superintendencia amplias facultades para ordenar la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de dichas personas, con el objeto de restablecer y preservar el interés público amenazado.


1.3. Dentro de las empresas objeto de intervención se tiene a la sociedad DMG GRUPO HOLDING S.A., a la cual se le aplicó el procedimiento establecido en el mentado Decreto 4334.


1.4 FABIO EDUARDO VALBUENA MORENO interpuso acción de tutela en procura de sus derechos fundamentales al debido proceso, contradicción y carga de la prueba, por cuanto el 20 de noviembre de 2008 la Agente interventora anunció la necesidad de acompañar la reclamación correspondiente del comprobante original de la entrega de los dineros –tarjetas azul y gris-, ello...

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