Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 5200122130002009-00126-01 de 21 de Septiembre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 691853981

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 5200122130002009-00126-01 de 21 de Septiembre de 2009

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Número de expedienteT 5200122130002009-00126-01
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Pasto
Fecha21 Septiembre 2009
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

Sala de Casación Civil


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL


Magistrada Ponente

RUTH MARINA DIAZ RUEDA

Bogotá D. C., veintiuno (21) de septiembre de dos mil nueve (2009).


R.: Exp. N° 52001-22-13-000-2009-00126-01


Se decide la impugnación interpuesta frente al fallo de 6 de agosto de 2009, proferido por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pasto que negó la tutela instaurada por Javier Portilla López, en representación de la menor Alejandra Portilla Bravo, contra el Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano de Fomento a la Educación Superior-ICFES.


ANTECEDENTES


1. El accionante solicitó la protección de los derechos a la igualdad y educación de su “representada”; en consecuencia, deprecó la orden para que las demandadas “procedan al reconocimiento y entrega del título de bachiller como validante (sic) a la niña A.P.B., pues no obstante haber presentado el examen de Estado para el ingreso a la educación superior y no el de validación de bachillerato, aprobó el examen con sumo de conocimientos y aptitudes que la capacitan y legitiman como validante (sic) del bachillerato y de contera poder ingresar a la educación superior”.

Como sustento de su pretensión, adujo lo siguiente:


La citada adolescente cursó y aprobó los grados sexto a noveno de educación media, y a efecto de obtener el título de bachiller, el 11 de noviembre de 2008 se inscribió en la Institución Grancolombiano J.M., en el respectivo programa de validación.


A.P.B. “presentó y aprobó los exámenes de Estado ICFES el pasado 26 de abril, a fin de lograr su validación del bachillerato, más sin embargo, su inscripción se realizó para la prueba de ingreso a la educación superior…y no para la prueba de validación del bachillerato, en razón de que el sistema electrónico WEB no permitía realizar esta inscripción, teniendo en cuenta que el Decreto 299 de 4 de febrero de 2009 ordenaba que solamente podían inscribirse para presentar el examen de bachillerato, los mayores de edad y los menores que para el momento de presentación de la prueba hayan cumplido o cumplan los 18 años…y para el tiempo de la prueba la niña tenía 16 años y 5 meses”.


El ICFES, a pesar de la petición expresa que se le elevó en tal sentido, decidió el 5 de junio de 2009 denegar el otorgamiento del “título de bachiller validante (sic)”...

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