Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002009-00455-00 de 27 de Marzo de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 691854781

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002009-00455-00 de 27 de Marzo de 2009

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de expedienteT 1100102030002009-00455-00
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha27 Marzo 2009
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL



Magistrado Ponente:

William Namén Vargas



Bogotá, D. C., veintisiete (27) de marzo de dos mil nueve (2009)

Discutida y aprobada en Sala de veinticinco (25) de marzo de dos mil nueve (2009)



REF.: 11001-02-03-000-2009-00455-00


Se decide la acción de tutela instaurada, a través de apoderado judicial, por E.S.V., Amparo Virginia S. Vargas y J.A.S.V. contra la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, integrada por los magistrados E.M.G., G.R.D. y Gissela Buendía Sanyago; y el Juzgado Tercero de Familia de Cúcuta.



ANTECEDENTES


1. Invocando la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad, los promotores del amparo solicitan declarar la nulidad de todo lo actuado a partir de la diligencia de inventarios y avalúos llevada a cabo el 8 de febrero de 2006, dentro del sucesorio de la causante C.S.V. de S. y ordenar al Tribunal accionado declarar sin valor ni efecto el auto de 7 de marzo de 2007 confirmatorio del que rechazó de plano la objeción formulada a los inventarios y avalúos por algunos de los herederos y les impartió aprobación.


2. Como fundamentos de sus peticiones, los actores en tutela exponen, en síntesis, que dentro del referido proceso de sucesión se levantaron dos actas diferentes de la diligencia de inventarios y avalúos practicada el 8 de febrero de 2006, en una de ellas se excluyó un vehículo automotor, los arrendamientos de un parqueadero y los saldos bancarios de distintas entidades financieras, y en la otra solo se excluyó un vehículo automotor, las cuales no fueron suscritas por los apoderados de los herederos intervinientes en la diligencia, no obstante haberse sentado tal afirmación.


Refieren que en la citada diligencia de inventarios y avalúos la apoderada del heredero Á.F.S. presentó un escrito solicitando la inclusión de un supuesto pasivo sucesoral de $80.000.000,oo y $215.800.000,oo, por concepto de intereses no pactados, con base en un documento privado suscrito por la causante, su cónyuge y el mismo heredero favorecido, pasivo que pese a no haber sido incluido en el acta ni surtido el traslado del mismo a las partes, fue objetado sin éxito por algunos herederos, porque el juzgado accionado mediante auto de 22 de noviembre de 2006 resolvió declarar no probadas las objeciones y aprobar los inventarios presentados en la diligencia; decisión confirmada por el Tribunal, según proveído de 7 de marzo de 2007.


Añaden que posteriormente el heredero E.S. solicitó la nulidad constitucional de la...

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