Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 45559 de 16 de Diciembre de 2009
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral |
Fecha | 16 Diciembre 2009 |
Número de expediente | T 45559 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS
Magistrado Ponente:
JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS
Aprobado acta N° 394
Bogotá D.C., diciembre dieciséis (16) de dos mil nueve (2009).
VISTOS
Se pronuncia la S. sobre la impugnación interpuesta por el apoderado del accionante LUIS FERNANDO GÁLVEZ LÓPEZ, contra la decisión adoptada el 4 de noviembre de 2009 por la S. de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por cuyo medio se negaron las pretensiones de la demanda de tutela impetrada frente a la S. Laboral del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de la misma ciudad. A la Actuación se vinculó oficiosamente al Consorcio de Remanentes de TELECOM.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Según lo refieren las diligencias, el señor LUIS FERNANDO GÁLVEZ LOPEZ promovió demanda contra el Consorcio de Remanentes de TELECOM, para que previos los trámites del proceso especial de fuero sindical se ordene reintegrarlo al cargo que desempeñaba al momento del despido, por encontrarse amparado por el fuero sindical como miembro de la junta directiva de la organización sindical Unión Sindical de Trabajadores de las Comunicaciones "USTC" de la localidad de La Dorada — Caldas.
Correspondió conocer de las diligencias al Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Bogotá, despacho que mediante providencia del 9 de julio de 2007 se inhibió de resolver el fondo de la litis tras considerar que si bien, la parte demandada está conformada por las fiduciarias FIDUAGRARIA S.A. y FIDUCIARIA POPULAR S.A., el Consorcio de Remanentes de TELECOM no constituye una persona diferente de éstas, y por tanto, no tiene capacidad para ser parte.
Propuesto el recurso de apelación contra la anterior determinación la S. Laboral del Tribunal Superior de Bogotá en proveído del 11 de julio de 2008 la confirmó.
Agotado el trámite reseñado, el ciudadano LUIS FERNANDO GÁLVEZ LÓPEZ formula a través de apoderado acción de tutela en procura amparo para sus derechos fundamentales al debido proceso, asociación sindical, igualdad y trabajo que estima vulnerados por razón de las providencias reseñadas.
En criterio del libelista, las autoridades accionadas incurrieron en una evidente vía de hecho por cuanto decidieron en contravía del derecho sustancial al darle prevalencia a la forma, lo cual va en detrimento de los intereses del trabajador, cuando lo cierto es que en otras demandas promovidas por los mismos hechos, los juzgadores han entendido que la acción involucra a todas las personas jurídicas que conforman el Consorcio de Remanentes de TELECOM.
Solicita en consecuencia, se ordene a los accionados pronunciarse conforme a la normatividad que...
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