Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 62555 de 20 de Octubre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 691895829

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 62555 de 20 de Octubre de 2015

Sentido del falloREVOCA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cartagena
Número de expedienteT 62555
Número de sentenciaSTL14514-2015
Fecha20 Octubre 2015
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia





Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Ponente



STL14514-2015

Radicación nº. 62555

Acta 37



Bogotá D.C., veinte (20) de octubre de dos mil quince (2015).



Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por el GERENTE DEPARTAMENTAL COLEGIADA BOLIVAR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, contra el fallo proferido por la S. Laboral del Tribunal Superior de Cartagena el 23 de julio de 2015, dentro de la acción de tutela que instauró el representante legal de la VEEDURÍA DE LA RAMA JUDICIAL DE CARTAGENA en su contra.



  1. ANTECEDENTES



El accionante presentó acción de tutela con fundamento en los siguientes hechos:



Que ante la Contraloría General de la República –Territorial Bolívar- presentó derecho de petición el 28 de abril de 2015, mediante el cual solicitó la celebración de una audiencia donde se explicaran los temas relacionados entre otros puntos sobre «los planes de acción» de las Veedurías de la ciudad mencionada.



Que la peticionada remitió la solicitud a la Contraloría General de la República, quien a su vez impartió los lineamientos necesarios a la remitente para responder las inquietudes manifestadas.



Que la accionada solo brindó información sobre el plan de acción, aduciendo que para responder sobre el tema de «apoyo a las Veedurías», debía esperar que la Escuela Superior de Administración Pública ESAP impartiera su concepto.



Que aunque solicitó la aclaración de los puntos resueltos, no ha recibido una respuesta clara y concreta.



Que se vulneró su derecho fundamental de petición, al «ejercicio del control social participativo, formativo y ciudadano sobre la gestión pública», y a la democracia participativa, por lo que solicitó ordenar a la entidad accionada que responda de fondo y con claridad la solicitud presentada el 28 de abril de 2015.



II. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA



Mediante proveído del 9 de julio de 2015, el Tribunal Superior de Cartagena avocó conocimiento y ordenó notificar a la entidad accionada para que hicieran uso del derecho a la defensa.



El Gerente Departamental de la Contraloría General de Bolívar, manifestó que concedió la audiencia solicitada por el accionante, practicándose la misma el 8 de mayo de 2015, y advirtió que por oficio nº. 2015EE0052616 del 29 de abril del mismo año manifestó que el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR