Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 41608 de 20 de Octubre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 691896465

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 41608 de 20 de Octubre de 2015

Sentido del falloRECHAZA TUTELA
Número de sentenciaATL6133-2015
Número de expedienteT 41608
Fecha20 Octubre 2015
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ

Magistrado Ponente



ATL6133-2015

R.icación no 41608

Acta no 37


Bogotá D.C., veinte (20) de octubre de dos mil quince (2015).


Sería del caso admitir la acción de tutela instaurada por INVERSIONES ENERGÉTICAS S.A. contra los JUZGADOS CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO y CUARTO DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO, ambos de Bogotá y la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, extensiva a la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, de no advertirse causa de su rechazo conforme al artículo 38 del Decreto 2591 de 1991.


La sociedad accionante presentó queja constitucional en contra de los despachos judiciales cuestionados, al considerar que estos le han vulnerado sus derechos fundamentales a la defensa, al debido proceso, y al libre acceso a la administración de justicia dentro del proceso ordinario civil y posterior ejecutivo instaurado en su contra por Petróleos del Norte S.A. - PETRONOR S.A..


En la citada súplica constitucional pretende se ordene «a la señora Juez Cuarta de Ejecución Civil del Circuito de Bogotá que se sirva DAR ESTRICTO CUMPLIMIENTO a los deberes y obligaciones (…) y en consecuencia se sirva RESOLVER de fondo, en concreto, conforme a derecho Y DE INMEDIATO sobre el fundamento fáctico y jurídico de las siguientes SOLICITUDES que Inversiones Energéticas S.A., ha venido presentando DURANTE LOS ÚLTIMOS QUINCE (15) AÑOS al Tribunal Superior de Bogotá, al Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Bogotá y al juzgado Cuarto de Ejecución Civil del Circuito de Bogotá, dentro del trámite del presente proceso (...) ADVERTIR y PREVENIR al TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, al JUZGADO CUARTO CIVIL y el JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ, que la UNICA MANERA PARA SANEAR Y SUSPENDER LAS VIAS HECHO, ABUSO DE PODER Y AUTORIDAD, EL PREVARICATO POR OMISIÓN, EL MANIFIESTO FRAUDE PROCESAL, la ABIERTA DENEGACIÓN DE JUSTICIA Y LA FLAGRANTE VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS (…) SERA ORDENANDO LA TERMINACIÓN INMEDIATA del proceso N 11001 31 03 004 1991 00879 00».


No obstante que los hechos bajo los cuales la actora funda tales pedimentos, podrían dar lugar a indagar si hubo la transgresión de sus derechos, es imperioso advertir una conducta temeraria pues en...

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