Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 0500122030002015-00847-01 de 1 de Febrero de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691913089

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 0500122030002015-00847-01 de 1 de Febrero de 2016

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Medellín
Número de expedienteT 0500122030002015-00847-01
Número de sentenciaSTC765-2016
Fecha01 Febrero 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia


Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL



LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA

Magistrado ponente


STC765-2016

Radicación n.º 05001-22-03-000-2015-00847-01

(Aprobado en sesión de veintisiete de enero de dos mil dieciséis)


Bogotá, D. C., primero (1º) de febrero de dos mil dieciséis (2016).



Decídese la impugnación formulada frente a la sentencia dictada el 23 de noviembre de 2015 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, dentro de la tutela instaurada por Elizabeth Vélez Galvis contra la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial –Bogotá, la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Medellín -Antioquia y la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia.






  1. ANTECEDENTES



1. La gestora implora la protección de los derechos fundamentales a la salud, seguridad social, trabajo y “(…) estabilidad laboral (…)”, presuntamente lesionados por las autoridades accionadas.


2. Sostiene, como base de su reclamo, en síntesis, lo siguiente (fls. 1 a 10, cdno. 1):


2.1. Hasta el 31 de octubre de 2015, se desempeñó como Profesional Especializado Grado 23 en Descongestión en la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín.


2.2. Atendiendo a los cargos permanentes creados por el Consejo Superior de la Judicatura a través del Acuerdo Nº PSAA15-10402 de 20 de octubre de 2015, fue designada el 1º de noviembre pasado como Abogada Asesora Grado 23 de la Sala Penal de la citada Corporación, iniciando labores en esa data.


2.3. El 9 de noviembre siguiente, al consultar “(…) el sistema K. dispuesto para funcionarios y empleados de la Rama Judicial [encontró] que en sus reportes aparecía inactiva con la siguiente anotación ‘El contrato seleccionado se encuentra inactivo o tiene ausentismos’ (…)”.


2.4. En vista de lo precedente se comunicó con “pagaduría” donde le informaron la imposibilidad de ingresar la novedad de su nombramiento, por ausencia de presupuesto, “(…) respuesta que no guarda coherencia con el contenido del Acuerdo 10402 que incluso en su artículo final daba cuenta de la existencia de disponibilidad presupuestal (…)”.


2.5. Tras referenciar los pronunciamientos hechos por el presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura asegurando que los cargos permanentes creados por el mencionado Acuerdo se hallaban “(…) debidamente financiados (…)”, aludió la quejosa a la recomendación realizada por el Director Administrativo de la División de Ejecución Presupuestal en el sentido de advertir


“(…) a los nominadores en las Altas Cortes, Unidades de Sala Administrativa y Direcciones Seccionales, abstenerse de realizar nombramientos para la provisión de cargos vacantes, según los cargos creados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
10 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR