Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48667 de 31 de Agosto de 2016
Sentido del fallo | RECHAZA POR IMPROCEDENTE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Neiva |
Número de expediente | 48667 |
Número de sentencia | AP5853-2016 |
Fecha | 31 Agosto 2016 |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
EYDER PATIÑO CABRERA
Magistrado Ponente
AP5853-2016
Radicación Nº 48667
(Aprobado acta N° 274)
Bogotá, D. C., treinta y uno (31) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
MOTIVO DE LA DECISIÓN
Se pronuncia la Sala Penal, en lo que a derecho corresponde, en relación con el recurso de “apelación” interpuesto por los defensores de Teófilo Cortés Guerrero, E.A.N. y Guillermo Edmundo Hoyos Samboni en contra de la sentencia condenatoria proferida el 18 de mayo de 2016 por el Tribunal Superior de Neiva, mediante la cual los condenó por Concusión en concurso con cohecho por dar u ofrecer a los primeros y cohecho impropio al último y revocó la absolución que les benefició en la primera instancia proferida por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito el día 22 de agosto de 2013.
CUESTIÓN FÁCTICA
Conforme con la sentencia recurrida, la Fiscalía los relató así1:
«Los señores E.A.N., GUILLERMO EDMUNDO HOYOS SAMBONI Y TEOFILO CORTÉS GUERRERO, fueron elegidos mediante el voto popular como concejales del municipio de Palestina (Huila), para el periodo comprendido entre el 1º de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2011.
Mediante Acta No 001 de fecha Enero 4 de 2008, se instaló el concejo municipal de Palestina (H), por parte del señor Alcalde GERARDO MOTTA ROJAS, a su vez se eligió a la mesa directiva de la corporación siendo designado el señor EPIFANIO ARIAS NARVAEZ, como Presidente, J.E.A.O., como primera (sic) vicepresidente y ANA RUBY ROJAS, como segundo V., así mismo, en esa reunión se convoca a los interesados para aspirar a la Personería Municipal de Palestina (H), a fin de que presentaran la hoja de vida en las oficinas de la Personería con un plazo de hasta el miércoles 9 de Enero de 2008, a las diez de la mañana y la elección se realizaría el mismo día (…) a las dos de la tarde.
En sesión extraordinaria el día 9 de Enero de 2008, a las dos de la tarde, conforme aparece mediante Acta No 002, por parte del secretario de la corporación se dio lectura a la convocatoria 001 emanada del concejo municipal y al oficio No 006 de la personería municipal donde se anexa las hojas de vida de los doctores EFREN PINZON VALENCIA, D.P. . PEÑA Y M.A.C.O., aspirantes al cargo público de Personero Municipal de Palestina (H), quienes estuvieron presentes teniendo un espacio de cinco minutos para exponer su plan de trabajo, posteriormente se leyó la hoja de vida de cada uno de los aspirantes y se decidió por parte de los cabildantes que la elección sería normal ateniéndose a la siguiente votación:
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Por el Dr. EFREN PINZÓN VALENCIA, votaron los concejales M.A., J.A., EPIFANIO ARIAS NARVÁEZ, G.E.H.S., TEOFILO CORTÉS GUERRERO, F.P., A.R.R., para un total de 7 votos.
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Por la Dra. D.P.C.P., votaron los concejales, LUZ M.A., NILSO BASTIDAS, H.C., PABLO ANTONIO CARVAJAL, para un total de 4 votos.
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La Dra. M.A.C.O., no obtuvo votos.
De esa forma resultó elegido como personero municipal de Palestina (H) el Dr. E.P.V., para la vigencia 2008-2011.-
De las actividades investigativas desarrolladas por la Fiscalía General de la Nación con funcionarios de Policía Judicial se ha obtenido EPM e información legalmente obtenida que nos indican que el día 6 de Enero de 2008, los señores concejales E.A.N., G.E.H.S., visitaron a su residencia al señor concejal TEOFILO CORTÉS GUERRERO, manifestándoles que estaban dando un millón de pesos para votar como concejales por el Dr. EFREN PINZÓN GUERRERO, al cargo de personero municipal, pidiéndole que les ayudara porque ellos iban a votar por él , indicándole al señor concejal CORTES GUERRERO, que de todas maneras él iba a votar por el Dr. PINZON VALENCIA, lo (sic) señores concejales E.A.N.Y.G.E.H.S., no se demoraron mucho en la residencia del señor CORTES GUERRERO, sosteniendo que después que votara le entregarían la plata. Fue así, como posteriormente a la elección del DR. E.P.V., como personero, el señor concejal T.C.G., se fue hacia su residencia y hasta allí llegó el señor concejal EPIFANIO ARIAS NARVAEZ, presidente del Concejo, quien procedió a cancelarle el millón de pesos ofrecidos por dar su voto del aspirante a la personería Dr. EFREN PINZON VALENCIA.
Fue así como el señor concejal TEOFILO CORTÉS GUERRERO, ante su inconformidad por lo sucedido procede a denunciar estos hechos irregulares personalmente el día 12 de Enero de 2008, a las 15:30 horas, dando a conocer las circunstancias de tiempo, modo y lugar como sucedieron los mismos y devolver el dinero que le había sido ofrecido y luego entregado por el voto que había dado como concejal para elegir al SEÑOR personero municipal de Palestina (H), periodo 2008-2011, dinero que fue consignado en la sección de depósitos judiciales del Banco Agrario. (…)
De igual forma se ha establecido que E.A.N., como presidente del concejo el día 9 de Enero de 2008, ofreció dinero al concejal P.A.C., para que votara por el Dr. EFREN PINZO (sic) VALENCIA, como personero de Palestina (H) y luego de la votación él le respondería por ese dinero.
Igualmente, los...
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