Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 6800122130002014-00099-03 de 12 de Septiembre de 2016
Sentido del fallo | ABSTENERSE DE INICIAR INCIDENTE DE DESACATO |
Número de sentencia | ATC6079-2016 |
Número de expediente | T 6800122130002014-00099-03 |
Fecha | 12 Septiembre 2016 |
Tipo de proceso | INCIDENTE DE DESACATO |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
ATC6079-2016
Radicación n° 68001-22-13-000-2014-00099-03
Bogotá, D.C., doce (12) de septiembre de dos mil dieciséis (2016).
Sería el caso resolver lo conducente en torno al incidente de desacato presentado ante esta Corporación por C.B.M., por el presunto incumplimiento a la sentencia CSJ STC8030-2014 proferida el 24 de junio de 2014, en el marco de la acción de tutela que aquél instauró frente a los Juzgados Quince Civil Municipal y Primero Civil del Circuito de B., que en primera instancia conoció la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esa ciudad, si no fuera porque revisadas las diligencias de entrada se advierte que esta Corte carece de competencia para tramitar el asunto que concita su atención, pues como se ha reiterado jurisprudencialmente, corresponde conocer del mismo al Juez de primera instancia, «con independencia de que haya sido él, o el de 2ª instancia, quien antes hubiera impartido la orden de tutela» (ver entre otros, en CSJ ATC1226-2015 y ATC4956-2015).
En mérito de lo expuesto, este Despacho, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
RESUELVE
PRIMERO: Abstenerse de tramitar el aludido incidente, por la razón expuesta en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Por Secretaría remítase de manera inmediata el expediente a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., para lo de su cargo.
TERCERO: Comunicar lo aquí resuelto a las partes mediante el medio más expedito.
Á.F.G.R.
Magistrado
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