Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 48929 de 28 de Septiembre de 2016
Sentido del fallo | ASIGNA COMPETENCIA |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal de Circuito de Bogotá |
Fecha | 28 Septiembre 2016 |
Número de sentencia | AP6623-2016 |
Número de expediente | 48929 |
Tipo de proceso | DEFINICIÓN DE COMPETENCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado ponente
AP6623-2016
Radicación N° 48.929
(Aprobado acta N° 305)
Bogotá, D. C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciséis (2016)
VISTOS
Conforme con lo reglado en el numeral 4° del artículo 32 de la Ley 906 de 2004, define la Corte la competencia para llevar a cabo el trámite del juicio dentro del presente diligenciamiento que se adelanta respecto de Yon Hever Sánchez Díaz, a quien la Fiscalía 24 Seccional de P. le atribuye la conducta punible de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego.
HECHOS Y ANTECEDENTES
1. El acontecer fáctico fue narrado en el escrito de acusación en los siguientes términos:
(…) El día 01 de octubre del año en curso, siendo aproximadamente las 17:20 horas, la central de radio de la Policía Nacional informó que en la carrera 6 No. 17-54 centro de P., fallece una persona se sexo masculino, el sujeto fue hallado tendido en el piso de los bajos, lugar que funciona como bodega de un establecimiento comercial “busutería”, se indica en el informe que al lado del cuerpo se encontró un lago hemático.
Una vez conocida la novedad, los funcionarios de Policía Judicial inician las labores de investigación y verificación, es así como el grupo de criminalística se traslada inmediatamente hasta la dirección antes mencionada, donde al llegar observa al señor H.G.S. sin signos vitales, el cual se encontraba tendido en el piso de la oficina de la bodega, quien al parecer y de manera inicial, se informó que había sufrido un infarto.
En cumplimiento de los actos urgente, de manera inicial se adelantó entrevista al señor G.D.L.L., identificado con la cédula de ciudadanía número 75.145.990 de Chinchiná, quien se desempeñaba como administrador del establecimiento comercial, el entrevistado entregó versión de la manera como descubrió el cuerpo sin vida del hoy occiso indicado que su patrón había fallecido de un infarto.
Para el 02 de octubre de 2015, el INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES adelantó el informe pericial de necropsia, asignando el número 201501016001000512 donde en el análisis y opinión pericial se concluye:
“Se trata del señor H.G. identificado fehacientemente mediante cotejo decadactilar, que presentó una asfixia por compresión externa de cuello con estasis sanguíneo, hipoxia cerebral y la muerte.”
2. Con la finalidad de acreditar la existencia de tales hechos y allegar el material...
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