Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 44548 de 14 de Septiembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 691990497

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 44548 de 14 de Septiembre de 2016

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 44548
Fecha14 Septiembre 2016
Número de sentenciaSTL13667-2016
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado ponente


STL13667-2016

Radicación 44548

Acta 34


Bogotá, D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil dieciséis (2016).


Procede la Sala a pronunciarse en primera instancia, respecto de la acción de tutela instaurada por Martha Yasmín Clavijo Chaves contra el Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.


  1. ANTECEDENTES


Martha Yasmín Clavijo Chaves instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por la autoridad judicial accionada.



Aduce que con el propósito de obtener el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, debido al deceso de su compañero permanente L.R.N.T., promovió proceso ordinario laboral en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones “Colpensiones”, conocimiento que fue asignado al Juzgado Doce Laboral del Circuito de Bogotá, autoridad que mediante sentencia de 28 de julio de 2015 accedió a las pretensiones de la demanda.



Asevera que al surtirse la apelación, la S.L. del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por fallo de 28 de julio de 2016, revocó la providencia de primera instancia y absolvió a la demandada.


Aduce que la decisión proferida por el Tribunal accionado está incursa en una vía de hecho, por cuanto incurrió en una indebida valoración y sustentación jurídica que a la postre lo llevó adoptar una decisión errada.


Por lo anterior, pide se revoque la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Bogotá, S.L., y en su lugar se acceda al reconocimiento de la pensión de sobrevivientes.


Por auto de 1 de septiembre de 2016, esta Sala de la Corporación asumió el conocimiento de la acción de tutela, vinculó a partes e intervinientes en el proceso ordinario laboral objeto de discusión constitucional y ordenó su notificación para que se pronunciaran sobre los hechos materia de la queja.



El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá –S.L.-, solicita se declare improcedente el amparo reclamado por la tutelante, en atención a que no cumple con el requisito de subsidiariedad, toda vez, que no interpuso el recurso extraordinario de casación en contra de la sentencia proferida en la segunda instancia.


Agrega que la providencia cuestionada se ajustó a los lineamientos legales y jurisprudenciales relacionados con la pensión de sobrevivientes, por tanto, no...

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