Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69347 de 26 de Octubre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 692003857

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69347 de 26 de Octubre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha26 Octubre 2016
Número de sentenciaSTL15754-2016
Número de expedienteT 69347
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social


GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado ponente


STL15754-2016

Radicación n.° 69347

Acta 40


Bogotá, D. C., veintiséis (26) de octubre de dos mil dieciséis (2016).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por V.A.A.G. contra el fallo proferido por la SALA DE CASACIÓN CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA el 7 de septiembre de 2016, dentro de la acción de tutela que promovió el impugnante contra la SALA CIVIL-FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BUCARAMANGA Y EL JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO DE ESA MISMA CIUDAD y demás autoridades judiciales, partes e intervinientes en el proceso objeto de queja constitucional que se ordenó vincular en primera instancia.

  1. ANTECEDENTES


Víctor A.A.G. solicitó el amparo constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso, a la propiedad y al acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por las accionadas.


Indicó que desde hace más de 48 años es propietario del 50% de un inmueble ubicado en la Calle 45 No. 10 Occidente – 118/142 de B.; que bajo la radicación 1995-8542-00, de conocimiento del juzgado accionado, cursa proceso divisorio que recae sobre el inmueble antes referido, proceso en el que se le ha desconocido su condición de poseedor, además que “en el punto 1 de la providencia del 19 de mayo de 2015” se desconoce el debido proceso, toda vez que “fue aportado y expedido… folio de matrícula inmobiliaria… dos días anteriores a la fecha prevista de remate”; que el inmueble objeto de controversia esta “hipotecado, embargado, secuestrado dos veces e indiviso” y que el comprador no tiene ninguna posesión del mismo. Además el secuestre tampoco tiene posesión y no ha rendido las cuentas correspondientes.


Adujo que desde que compró el inmueble ha permanecido en el de forma permanente e ininterrumpida, lo que lo cataloga como “señor y dueño” del “100%”, que no acepta recibir o que le den un valor “pírrico”, y mucho menos va a entregar el predio.


De conformidad con los hechos narrados, solicitó que se revoque todo lo actuado en el asunto mencionado, especialmente el remate y su aprobación, y como consecuencia se declare que adquirió por prescripción el bien inmueble objeto de debate.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante auto de 31 de agosto de 2016, asumió el conocimiento de la acción de tutela y ordenó notificar a las accionadas para que ejercieran su derecho de defensa y contradicción; así mismo ordenó vincular a las autoridades judiciales, partes e intervinientes en el proceso divisorio que A.P.A. de P., P.J., Blanca Rosa, J.E. y A.A.G. promovieron contra R., A.A.G. y el accionante, conocido con radicado 1995-08542.


El Juzgado Cuarto...

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