Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49054 de 9 de Noviembre de 2016
Sentido del fallo | RECHAZA POR IMPROCEDENTE |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de San Gil |
Fecha | 09 Noviembre 2016 |
Número de sentencia | AP7749-2016 |
Número de expediente | 49054 |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
AP7749-2016
Radicación N°49054
(Aprobado Acta No.353)
Bogotá D.C., nueve (09) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
VISTOS
La Sala se pronuncia respecto del recurso de “apelación” interpuesto por el defensor de GABRIEL RINCÓN BÁEZ contra la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de S.G., el día 20 de septiembre de 2016, mediante la cual revocó la emitida por el Juzgado Promiscuo de Circuito de Charalá, el día 17 de junio de 2016, que absolvió al procesado por el delito de acceso carnal violento.
HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL
La cuestión fáctica fue sintetizada por el Tribunal Superior de S.G., Sala Penal, en los siguientes términos:
El día 29 de septiembre de 2011, aproximadamente a las nueve de la mañana, en la casa de habitación de G.R.B. ubicada en el perímetro urbano del corregimiento de Cincelada municipio de Coromoro, Santander, ubicada por la cuadra donde se ubica el comando de policía.
G. Rincón Báez por sí mismo luego de hacerle por lo menos seis llamadas a M.P.T., quien tenía 18 años de edad cumplidos y al enterarse que se encontraba en el pueblo, la esperó en la puerta de la casa, y cuando la muchacha bajaba por ahí, se dirigió hacia ella, la cogió del brazo, la tiró hacia adentro de la casa, cerró la puerta, la puso a ver un poco de pornografía en un portátil, cerró y trancó las ventanas, luego (sic) la puerta del solar, luego desnudo por completo a la muchacha, él también se desnudó, y le besó los senos, le abrió las piernas y le introdujo el pene en la vagina todo en contra de su voluntad, la amenazó que no gritara porque la hacía trizas. Luego la ayudó a ponerse la ropa y la sacó de la casa por la puerta del solar, diciéndole que se fuera para la mierda, que no contara a la autoridad.
Según M.P.T. antes de ese día no había tenido relaciones sexuales con ningún hombre, como tampoco lo ha tenido después y hasta el día de hoy.
Según M., G. es un señor que manejaba la ambulancia del puesto de salud de Cincelada y como ella iba a buscar apósitos para ponerle a la mamá en las piernas porque es enferma, desde hacía dos años atrás G. comenzó a molestarla, le decía que quería que ella fuera su novia, proposición que ella siempre rechazó porque él era casado."1
Actuación procesal relevante
Ante el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Charalá (Santander), se llevaron a cabo el 22 de mayo del 2015, las audiencias preliminares de formulación de imputación y medida de...
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