Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 73042 de 26 de Octubre de 2016
Sentido del fallo | RECHAZA RECURSO DE QUEJA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Cali |
Número de expediente | 73042 |
Número de sentencia | AL8760-2016 |
Fecha | 26 Octubre 2016 |
Tipo de proceso | RECURSO DE QUEJA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN
Magistrado ponente
AL8760-2016
Radicación 73042
Acta 40
Bogotá, D. C., veintiséis (26) de octubre de dos mil dieciséis (2016).
Decide la Sala sobre el recurso de queja propuesto por el apoderado de LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S. A., contra el auto del 29 de septiembre de 2015 dictado por la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante el cual decidió no reponer el auto de fecha 24 de agosto de 2015, en virtud del cual se negó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia del 10 de julio de 2015, proferida por el mismo Tribunal, dentro del proceso ordinario seguido por JOSÉ MESÍAS ARENAS AGUADO contra la entidad recurrente.
ANTECEDENTES
De las copias allegadas se infiere que el demandante persiguió, mediante proceso ordinario laboral, el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez; que en sentencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral de Descongestión del Circuito de Cali, el 31 de mayo de 2013, se absolvió a la demandada de las pretensiones incoadas en la demanda; que contra dicha decisión el demandante interpuso recurso de apelación, el cual fue resuelto por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el que mediante sentencia del 10 de julio de 2015, revocó la de primer grado y, en su lugar decidió:
PRIMERO: CONDENAR a BBVA HORIZONTES PENSIONES Y CESANTÍAS a pagar a JOSÉ MESÍAS ARENAS AGUDELO la pensión de invalidez equivalente al salario mínimo legal vigente a partir del 12 de junio de 2007, incluidas las mesadas adicionales de junio y diciembre.
SEGUNDO: CONDENAR a BBVA HORIZONTES PENSIONES Y CESANTÍAS a pagar a JOSÉ MESÍAS ARENAS AGUDELO la suma de $61.032.503,oo por concepto de mesadas pensionales causadas desde el 12 de junio de 2007 hasta el 30 de junio de 2015, incluidas las mesadas de junio y diciembre. La demandada deberá continuar pagando a partir del 1° de julio de 2015 la suma de $644.350,oo por concepto de mesada pensional sin perjuicio de los incrementos anuales de ley.
TERCERO: CONDENAR a BBVA HORIZONTES PENSIONES Y CESANTÍAS a pagar a JOSÉ MESÍAS ARENAS AGUDELO la suma de $ 8.148.790,oo por concepto de INDEXACIÓN sobre las mesadas pensionales adeudadas causada (sic) hasta la fecha de la presente sentencia o hasta el momento de su pago.
CUARTO: AUTORIZAR a BBVA HORIZONTES PENSIONES Y CESANTÍAS a descontar de las...
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