Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002016-01955-01 de 9 de Diciembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 692016961

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102040002016-01955-01 de 9 de Diciembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Fecha09 Diciembre 2016
Número de sentenciaSTC17822-2016
Número de expedienteT 1100102040002016-01955-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Magistrado ponente


STC17822-2016

Radicación n.° 11001-02-04-000-2016-01955-01

(Aprobado en sesión de siete de diciembre de dos mil dieciséis)


Bogotá, D. C., nueve (09) de diciembre de dos mil dieciséis (2016).


Decide la Sala la impugnación interpuesta contra el fallo de tutela proferido el ocho de noviembre de dos mil dieciséis, por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la acción de tutela promovida por Fernando Andrés Peláez Huertas frente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué y el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad, trámite al cual se vinculó a los intervinientes en el proceso objeto de la queja constitucional.


I. ANTECEDENTES


A. La pretensión


El accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, y acceso a la administración de justicia, que considera vulnerados por las autoridades judiciales accionadas, al negarse en primera y segunda instancia, respectivamente, su solicitud de sustitución de la prisión intramuros por domiciliaria.


En consecuencia, pretende «dejar sin efecto la decisión del 8 de agosto de 2016, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, y en su lugar se ordene proferir una nueva decisión con fundamento en los elementos probatorios presentados y atendiendo los parámetros señalados por la jurisprudencia constitucional y de la Corte Suprema de Justicia, sobre la prevalencia de los derechos e interés superior del menor».


B. Los hechos


1. El 31 de agosto de 2015 el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Ibagué, condenó al accionante a la pena principal de 54 meses de prisión, al hallarlo autor responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado en concurso homogéneo con tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.


2. El tutelante se encuentra privado de la libertad desde el 26 de marzo de 2015 en el Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué.


3. La vigilancia de la pena le correspondió al Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Ibagué.


4. El sentenciado pidió la concesión del mecanismo sustituto de prisión domiciliaria, tras señalar que tiene la custodia de sus dos hijos y por ser padre cabeza de hogar, teniendo en cuenta que la madre de aquéllos no está en «condiciones económicas ni emocionales de asumir su cuidado y manutención».


Agregó que en la actualidad es su madre quien protege a sus descendientes, pero ella es una persona de avanzada edad, no tiene trabajo estable y su salud está quebrantada.


5. El 29 de marzo de 2016 la autoridad accionada negó el sustituto invocado en virtud a que J.d.R.E.S. «está en la obligación legal de asumir el cuidado y protección integral de sus hijos, de modo tal que les brinde atención integral y les contribuya en la superación de la situación dolorosa generada por la privación de la libertad de su progenitor...

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