Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 87571 de 30 de Agosto de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 692021497

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 87571 de 30 de Agosto de 2016

Sentido del falloABSTENERSE DE CONOCER ACCIÓN DE TUTELA
Número de sentenciaATP5704-2016
Número de expedienteT 87571
Fecha30 Agosto 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 3





EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente



ATP5704-2016

Radicación No. 87571

(Aprobado en Acta No. 273)





Bogotá. D.C., treinta (30) de agosto de dos mil dieciséis (2016).



Sería del caso que la Sala conociera, en primera instancia, la acción de tutela promovida por WAZZE DE VRIES, contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, sino fuera porque de la información expuesta, no se encuentra inmersa la Seda Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, como lo sugirió el actor, llegándose a la conclusión con base a lo siguiente:



1. Consultada la página de procesos de la rama judicial en internet se estableció, que las diligencias demandadas las conoce en la actualidad el Juzgado 45 Penad del Circuito con Función eje Conocimiento de Bogotá.

  1. La queja del accionante se centra en que lleva más de 17 meses esperando se resuelva su "apelación y valoración de medicina legal", toda vez que considera ser inimputable.


  1. En este orden de ideas, teniendo en cuenta que: i) no aparecen actuaciones realizadas por el Tribunal Superior de Bogotá, tal como lo informa el demandante; ni en el sistema arroja trámite alguno; ii) que a sabiendas que la actuación se encuentra actualmente en el Juzgado 45 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, donde no se ha fallado de fondo; iii) no se observa algún motivo que haga necesaria la vinculación del Tribunal aludido, y iv) el inciso segundo del numeral 2o del artículo 1o del Decreto 1382 de 20001 señala que "Cuando la acción de tutela se promueva contra un funcionario o corporación judicial, le será repartida al respectivo superior funcional del...

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