Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 74125 de 25 de Julio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692022837

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 74125 de 25 de Julio de 2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Número de expedienteT 74125
Número de sentenciaSTL11183-2017
Fecha25 Julio 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado ponente


STL11183-2017

Radicación n.° 74125

Acta extraordinaria 77


Bogotá, D. C., veinticinco (25) de julio de dos mil diecisiete (2017).


Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por SONIA YADIRA SILVA MURCIA contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil de esta corporación, el 08 de junio de 2017, dentro de la acción de tutela que promovió contra el JUZGADO TRECE DE FAMILIA DE BOGOTÁ y LA SALA DE FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL de la misma ciudad, en el interior del proceso ordinario de filiación extramatrimonial que promovió contra L.M. de S., A., M.L., C. y Ligia Silva Mejía.


  1. I. ANTECEDENTES


Sonia Yadira Silva Murcia instauró acción de tutela contra las autoridades judiciales antes enunciadas, por considerar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, «igualdad de derechos herenciales entre hijos», acceso a la administración de justicia, «efectividad de los derechos sustanciales», y a la «propiedad como derecho conexo», con ocasión de las providencias de 17 de julio y 4 de noviembre de 2015, y 24 de junio y 13 de septiembre de 2016, proferidas por el Juzgado Trece de Familia de Bogotá, por medio de las cuales no se le otorgó el derecho al 10% de los bienes relictos del causante J.R.S.R., así como tampoco, se ordenó rehacer la partición en el proceso de sucesión que cursa en el Juzgado Doce de Familia de Bogotá.


Fundamentó el amparo bajo los siguientes hechos:


En virtud del fallecimiento del señor José Roberto Silva Rojas, ocurrido el 19 de marzo de 2005, inició proceso de investigación de paternidad con petición de herencia en contra de la cónyuge sobreviviente L.M. de S. y los hijos del causante A., M.L., C. y L.S.M., en calidad de herederos determinados. Solicitó, que se declarara que tenía igual derecho en la sucesión de su padre que los herederos determinados. Correspondió por reparto al Juzgado Trece de Familia de Bogotá, el que mediante auto de 17 de agosto de 2005 admitió la demanda.


En sentencia de 25 de septiembre de 2009, el Juzgado antes citado declaró que «tenía derecho a heredar a su padre en calidad de hija extramatrimonial»; y que le «asiste el mismo derecho sobre los mayores valores percibidos por los bienes relictos dejados por el causante». Esta decisión fue apelada por la parte demandada y confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá el 24 de febrero de 2011.


Interpuesto el recurso extraordinario de casación por la parte pasiva, esta corporación en fallo del 1 de agosto de 2014 no casó la sentencia recurrida.


Al mismo tiempo, los herederos determinados y la cónyuge sobreviviente adelantaron proceso de sucesión...

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