Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 73929 de 18 de Julio de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692023169

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 73929 de 18 de Julio de 2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE BUCARAMANGA
Número de expedienteT 73929
Número de sentenciaSTL11182-2017
Fecha18 Julio 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Radicación n.° 73929




CLARA C.D.Q.

Magistrada ponente



STL11182-2017

Radicación n.° 73929



Acta No. 26



Bogotá, D. C., dieciocho (18) de julio de dos mil diecisiete (2017).



Decide la Corte la impugnación interpuesta por R.J.H.H. contra el fallo de 26 de mayo de 2017, proferido por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA, dentro de la acción de tutela que interpuso la recurrente contra el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, trámite al cual se vinculó al JUZGADO SEGUNDO LABORAL DE PEQUEÑAS CAUSAS de la misma ciudad y a la CAJA SANTANDEREANA DE SUBSIDIO FAMILIAR – CAJASAN.


  1. ANTECEDENTES


ROSSMARY J.H.H. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, DIGNIDAD HUMANA, TRABAJO, SEGURIDAD SOCIAL, MÍNIMO VITAL, «ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA y SEGURIDAD JURÍDICA», presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas.


En lo que interesa a la impugnación, refirió que empezó a laborar en la Caja Santandereana de Subsidio Familiar – Cajasan, desde el 11 de septiembre de 2008.


Afirmó que en el año 2013 inició terapias a consecuencia de un padecimiento por el «Síndrome del Túnel Carpiano»; no obstante, desde el 26 de febrero de 2014, recibió recomendaciones ocupacionales en las que se le restringió la «repetitividad» en su puesto de trabajo.


Indicó que el 15 de enero de 2015 fue citada por la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Santander, autoridad que en dictamen n.° 283-2015 de 18 de febrero del mismo año, le diagnosticó «Síndrome del Túnel Carpiano y Epicondilitis Lateral de origen laboral», prescripción que confirmó la Junta Nacional de Calificación en dictamen n°. 63527870 de 10 de junio de 2015.


Expuso que el 24 de noviembre de 2016, el Centro de Fisioterapia Santa Isabel Ltda. emitió una serie de recomendaciones laborales por el término de 6 meses.


Adujo que en diciembre de 2016, C. le informó que su contrato de trabajo no sería renovado y, por lo tanto, la relación laboral terminaría el 31 de enero de 2017. Así las cosas, el 2 de febrero del año en curso le fue realizado el examen de retiro en el que consta que existen «anormalidades» en sus miembros superiores, por lo que el concepto resulta ser «no satisfactorio».


Sostuvo que el 24 de febrero de los corrientes, radicó acción de tutela contra su empleadora tras considerar que se estaban vulnerando sus derechos fundamentales ya que la empresa decidió despedirla «sin antes haber considerado la situación médica del momento catalogada por la Junta Nacional de Calificación de Invalidez de Origen Laboral, las recomendaciones médicas que tenía vigentes y la obligación de haber solicitado autorización al Ministerio de Trabajo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR