Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 92934 de 19 de Julio de 2017
Sentido del fallo | CONFIRMA CONCEDE MODIFICA TUTELA |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Montería |
Fecha | 19 Julio 2017 |
Número de sentencia | STP10692-2017 |
Número de expediente | T 92934 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
STP10692-2017
Radicación n.° 92934
Acta 231
Bogotá, D. C., diecinueve (19) de julio de dos mil diecisiete (2017)
Se resuelve la impugnación presentada por el Director General de Sanidad Militar, frente a la decisión proferida el 5 de junio de 2017 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Montería, a través de la cual amparó los derechos fundamentales a la seguridad social, a la salud y a la vida invocados por Kelia Milena Cancino Cuadrado en representación de su hija A.M.G.C.
A. presente trámite se ordenó vincular a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional.
ANTECEDENTES
1. Hechos y fundamentos de la acción
Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:
(…) Manifiesta la accionante, que su hija menor [A.M.G.C.], presenta hipoacusia neurosensorial profunda bilateral congénita y de trastorno mental, motivo por el cual desde hace diez años le fue realizado un implante coclear en el oído izquierdo, de forma que se encuentra en tratamiento por lo que debe asistir a controles constantes en la ciudad de Bogotá.
Adujo, que presentó acción de tutela solicitando el suministro de los gastos de transporte aéreo para la asistencia a los controles médicos en la ciudad de Bogotá, al igual que lo referente a manutención y alojamiento, la cual fue concedida, sin embargo debido a que el transporte interurbano en la ciudad de Bogotá era suministrado, no fue solicitado y como consecuencia no amparado por dicha acción de tutela, pues asegura, que estos gastos de le eran suministrados desde el año 2011, pero sorpresivamente en el mes de noviembre del año 2016 la entidad accionada los suspendió.
Refiere, que en el mes de enero del presente año, por medio de derecho de petición solicitó la devolución de los viáticos aludidos, pero obtuvo respuesta desfavorable, por parte de la entidad accionada.
Finalmente, sostiene que no se encuentra laborando y que su esposo discapacitado recibe una pensión de invalidez que sólo les alcanza para sufragar algunos gastos, por lo que asegura que pese a que la accionada le suministra los gatos de transporte, requiere la ayuda para solventar los gastos interurbanos que derivan los controles médicos en la ciudad de Bogotá, máxime cuando afirma que tales costos se incrementan en la mentada ciudad.
De conformidad con los hechos anteriormente referenciados, solicita el accionante la protección de los derechos fundamentales invocados a favor de su menor hija y en consecuencia, se ordene a la entidad accionada, suministrar los gastos de transporte interurbano de la menor [A.M.G.C.] y su acompañante en la ciudad de Bogotá y en la ciudad de Montería, en las fechas programadas para asistir a las citas de control médico.
LA SENTENCIA IMPUGNADA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Montería señaló que la menor accionante se encuentra bajo seguimiento médico a causa de...
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AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 94483 del 28-09-2017
...que ésta asista a los controles médicos requeridos en la ciudad de Bogotá»1. 2.1.3 Impugnada la anterior decisión, esta Sala (CSJ STP10692–2017, 19 jul. 2017, rad. 92934) la confirmó, modificando su parte resolutiva «en el sentido de aclarar que el amparo se concede respecto de la Dirección......