Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 74161 de 2 de Agosto de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692863457

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 74161 de 2 de Agosto de 2017

Sentido del falloREVOCA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE BOGOTÁ
Número de expedienteT 74161
Número de sentenciaSTL11541-2017
Fecha02 Agosto 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social


GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado Ponente


STL11541-2017 Radicación no 74161 Acta nº 27


Bogotá D.C., dos (2) de agosto de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte la impugnación interpuesta por la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS contra la sentencia proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ el 24 de mayo de 2017, dentro de la acción de tutela acumulada que promovieron AMINTA SUÁREZ ALBA, ÁNGEL MARÍA PANCHE ROJAS y ADRIANO TIQUE TIQUE contra el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL, FONDO NACIONAL DE VIVIENDA – FONVIVIENDA – y EMPRESA DE REPARCIÓN URBANA DE BOGOTÁ antes METROVIVIENDA, trámite al cual fueron vinculados LA NACIÓN – MINISTERIO DE VIVIENDA CIUDAD Y TERRITORIO, UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VICTÍMAS, ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF -, SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA-, MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, MINISTERIO DE TRABAJO, MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, INSTITUTO DE FOMENTO INDUSTRIAL, DIRECCIÓN DE INCLUSIÓN PRODUCTIVA Y SOSTENIBILIDAD DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PROSPERIDAD SOCIAL, BANCOLDEX, DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN SOCIAL, BANCO AGRARIO y AGENCIA NACIONAL DE EMPLEO.


  1. ANTECEDENTES


Aminta Suárez Alba, Á.M.P.R. y Adriano Tique Tique, reclamaron la protección a los derechos constitucionales fundamentales de petición, a la igualdad, la no discriminación ante la ley, a la protección especial a la familia, a las mujeres niños y ancianos, al trabajo digno, a la vivienda y a la vida dignidad humana, los cuales consideran vulnerados.


Manifestaron que son desplazados por la violencia y habitan Bogotá D.C., en condición de desplazados , sin que el DAPS, les brinde ayudas humanitarias a que tienen derecho, cada noventa días, aluden que no han podido tener un empleo digno y permanente con lo cual puedan sufragar las necesidades más apremiantes, que Acción Social viene haciendo entregas equivocadas de los recursos, que no son suficientes y han generado la quiebra de los proyectos que han adelantado, que Fonvivienda los discrimina en la medida que otorga beneficios a personas en similar situación, y a ellos no los ha tenido en cuenta, a pesar de que tienen vocación para acceder a las ayudas gubernamentales, y han solicitado las inclusiones a los diferentes programas de ayuda, sin tener una respuesta positiva.



Por lo anterior solicitaron: “(…) me postulen para a los subsidios a los cuales tengo derecho (…) dar cumplimiento inmediato a mi solicitud de ayuda proyecto y vivienda a lo cual tengo derecho solicito se dé prioridad mi solicitud ya que en este momento soy cabeza de hogar (…) se conmine a la accionada a que coordine con FONVIVIENDA para que se me solucione lo concerniente a la vivienda digna para mi grupo familiar (…) conmine a la accionada para que coordine con quien corresponde y se me haga entrega de un proyecto productivo con recursos no reembolsables no...

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