Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 93138 de 3 de Agosto de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692864581

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 93138 de 3 de Agosto de 2017

Sentido del falloDECLARACIÓN DE NULIDAD
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Popayán
Número de expedienteT 93138
Número de sentenciaATP5001-2017
Fecha03 Agosto 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal







Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente




ATP5001-2017

Radicación n° 93138

Acta 241


Bogotá, D. C., tres (3) de agosto de dos mil diecisiete (2017)


ASUNTO



Sería del caso pronunciarse de fondo sobre la impugnación presentada por la J. 1ª Promiscuo Municipal de Patía – El Bordo (C.) frente a la decisión proferida el 27 de junio de 2017 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán, a través de la cual amparó el derecho al debido proceso de la empresa PISCIFACTORIA REMAR S.A.S., si no fuera porque se advierte una causal de nulidad que implica retrotraer la actuación.


Al presente trámite fue vinculada la Fiscalía 1ª Seccional de El Bordo.

ANTECEDENTES


1. Los hechos que fundamentan el presente amparo fueron relatados por el A quo así:


(…) El apoderado judicial de la empresa Piscifactoría Remar SAS, acudió a la acción de tutela para reclamar la protección del derecho fundamental a favor de su representado, del "Debido Proceso", el cual consideró vulnerado por la Fiscalía 01 Seccional y el Juzgado 1 ° Promiscuo Municipal de El Bordo, C..


Como sustento de lo anterior, manifestó que por hechos acaecidos el 7 de marzo de 2017, en el sector de Mojarras, C., en accidente de tránsito, se vio involucrado el vehículo de placas WF1680, resultando fallecido el señor LEONEL ANDRES DELGADO MORA, motivo por el cual el vehículo mencionado fue inmovilizado, dejado a disposición de la Fiscalía Seccional el Bordo, C. bajo Noticia Criminal N° 195326000618201700041.

El señor M.S.B., como Gerente y R. Legal de la empresa Piscifactoría, entidad locataria del vehículo tipo camión, marca Chevrolet, línea FRR, modelo 2016, color blanco, motor N° 4HK1-424867, chasis N° 9GDFRR90XGB035633, Placas WFI680 y de propiedad de BBVA COLOMBIA SA, confirió poder al abogado V.H.R.C., para solicitar al J. de Control de Garantías del Bordo, C., audiencia preliminar de entrega de vehículo. Artículo 100 del CPP, modificado por el artículo 9 de la Ley 1142 de 2007.


Continuó informando que contrataron los servicios de un perito para la práctica de un experticio técnico - mecánico al automotor objeto de la solicitud de entrega, a fin de establecer el estado del mismo, con el fin de cumplirlos requisitos de cadena de custodia. Artículos 254 y 256 del CPP.


El apoderado de la parte demandada, solicitó día 16 de marzo de 2017, con la documentación del vehículo correspondiente a; - Certificado reciente de tradición...

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