Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50762 de 23 de Agosto de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692869837

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 50762 de 23 de Agosto de 2017

Sentido del falloINADMITE
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Manizales
Fecha23 Agosto 2017
Número de sentenciaAP5394-2017
Número de expediente50762
Tipo de procesoCASACIÓN
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal



Magistrado Ponente

FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO


Aprobado Acta No. 266

AP5394-2017

Radicación: 50762


Bogotá D.C., agosto veintitrés (23) de dos mil diecisiete (2017).

V I S T O S


La Sala resuelve la admisibilidad de la demanda de casación presentada por el defensor de A. de J.T.P. contra la sentencia de 21 de febrero de 2017, proferida por el Tribunal Superior de Manizales que revocó el fallo absolutorio de primer grado que había emitido el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Anserma (Caldas) para en su lugar condenarlo como autor del delito de inasistencia alimentaria.


HECHOS

Fueron sintetizados por el Tribunal de la siguiente manera:


El componente fáctico consignado en el libelo acusatorio, revela que la señora C.P.M.F., como representante legal de su hijo menor de edad J.A.T.M., denunció el 5 de agosto de 2013 que el señor A. de Jesús Trejos Paniagua, como padre del mismo, se venía sustrayendo sin justa causa a su obligación alimentaria, agregando que en la Comisaría de Familia de Anserma, en audiencia de conciliación del 13 de abril de 2013, le fue fijada una cuota de $25.000 semanales.


ANTECEDENTES PROCESALES


  1. El anterior recuento fáctico motivó que el 9 de abril de 2015 la Fiscalía formulara imputación a A. de J.T.P. como autor del delito de inasistencia alimentaria, descrito en el artículo 233 del Código Penal, cargo que éste rechazó.


  1. Como consecuencia de lo anterior el 8 de mayo siguiente se presentó escrito de acusación, que se formuló el 24 de junio posterior ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Anserma (Caldas).



  1. Agotadas las audiencias preparatoria y de juicio oral, el 31 de mayo de 2016, dicha autoridad emitió fallo de primera instancia en el que absolvió al procesado del delito de inasistencia alimentaria.


  1. La sentencia de primer grado fue impugnada por la Fiscalía, recurso que motivó que el Tribunal Superior de Manizales revocara dicha decisión para en su lugar condenar al acusado como autor de inasistencia alimentaria, imponiéndole la pena de 32 meses de prisión, multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 32 meses.


Se le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena, pero se le concedió la prisión domiciliaria.


  1. Recurre en casación la defensa del acusado.


LA DEMANDA DE CASACIÓN

Una vez referenciados los hechos, la identificación de partes e intervinientes y los antecedentes procesales, la defensa de Trejos Paniagua propone un cargo contra la sentencia del Tribunal Superior de Manizales, para lo cual acude a la causal primera de casación del artículo 181 de la Ley 906 de 2004.


Precisa que el fallador de segundo grado incurrió en la violación directa de la norma sustancial, derivada de la indebida aplicación del artículo 233 del Código Penal, «ya que las pruebas que se practicaron en el juicio oral establecieron hechos que no son delito a la luz del ordenamiento jurídico colombiano».

Estima que el Tribunal dio por acreditado, sin estarlo, el ingrediente normativo del tipo «sin justa causa», lo cual tuvo lugar por la indebida...

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