Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº T 1100102030002017-01603-01 de 4 de Octubre de 2017
Sentido del fallo | ABSTENERSE DE INICIAR INCIDENTE DE DESACATO |
Número de sentencia | ATC6613-2017 |
Fecha | 04 Octubre 2017 |
Número de expediente | T 1100102030002017-01603-01 |
Tipo de proceso | INCIDENTE DE DESACATO |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Materia | Derecho Civil |
ATC6613-2017
Radicación n.° 11001-02-03-000-2017-01603-01
Bogotá, D.C., cuatro (4) de octubre de dos mil diecisiete (2017).-
La señora L.E.D.G. presentó incidente de desacato frente a la S. de Familia del Tribunal Superior de Medellín, pues, en suma, «claramente la accionada no dio cabal cumplimiento a las órdenes dictadas por el juez constitucional (…) pues lo único que hizo la accionada fue dejar sin valor, ni efecto el auto proferido en mayo 12 de 2017, pero las órdenes judiciales dictadas dentro del proceso de la tutela memorada, no fueron acatadas por la magistrada sustanciadora» (fls. 1 a 5).
No obstante, revisadas las diligencias se encuentra probado lo siguiente:
1. Mediante sentencia STC9650-2017 del 6 de julio de los corrientes, esta C. concedió a la preanotada ciudadana la protección constitucional de su garantía fundamental al debido proceso, en el marco del juicio liquidatorio del causante José Gustavo Mejía Montoya, donde ella fue reconocida como cónyuge supérstite, ordenando al Tribunal de Medellín –S. de Familia, «que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de es[e] fallo, tras dejar sin valor ni efecto el auto del 12 de mayo de los corrientes, proceda a emitir la providencia que corresponda para asumir el conocimiento y tramitar el recurso de apelación que presentó la aquí interesada contra el auto dictado el 16 de febrero de 2017 por el Juzgado Primero de Familia de Envigado», a través del cual se denegó la nulidad procesal por aquélla invocada (fls. 13 a 19).
2. En aras de dar cabal cumplimiento a lo ordenado, la mentada C. adelantó las siguientes actuaciones:
2.1. Por auto del 10 de julio hogaño solicitó al Despacho cognoscente, «ha[cer] llegar con destino a esta S., las copias que, del expediente que contiene el trámite del proceso de sucesión de José Gustavo Mejía Montoya, fueron enviadas al Tribunal para decidir recurso de apelación interpuesto por la accionante contra auto proferido en febrero 16 de 2017» (fl. 45 reverso).
2.2. Al día...
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