Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 75917 de 25 de Octubre de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 695786701

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 75917 de 25 de Octubre de 2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE BOGOTÁ
Fecha25 Octubre 2017
Número de sentenciaSTL17612-2017
Número de expedienteT 75917
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Ponente


STL17612-2017

Radicación n° 75917

Acta 39


Bogotá, D.C., veinticinco (25) de octubre de dos mil diecisiete (2017).


Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por MAORY LISBET TOCANCIPA GARCÍA, obrando en nombre y representación de su hijo J.C.V.T., contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá el 24 de agosto de 2017, dentro de la acción de tutela que interpuso contra la NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL-, la POLICÍA NACIONAL y la DIRECCIÓN DE SANIDAD DE LA POLICÍA NACIONAL.


  1. ANTECEDENTES


La parte accionante fundamentó su solicitud de amparo en los siguientes hechos:


Que durante el transcurso del año, ha solicitado citas médicas por el call center, a favor de su hijo J.C.V.T., sin obtener respuesta satisfactoria; que logró conseguir una cita de medicina general, para el día 23 de junio de 2017, en la cual, le renovaron algunas, no todas las ordenes de especialistas, donde se dispuso la realización de unos exámenes de laboratorio e imágenes diagnósticas, sin que a la fecha se hayan podido realizar, debido a que no hay agenda para medicina general, odontología, ortopedia, neurología, nutrición, otorrinolaringología, revisión de control de los exámenes ordenados por médicos tratantes y el tratamiento a seguir por parte de cirugía plástica, como tampoco se le ha autorizado el procedimiento quirúrgico en el Hospital Simón Bolívar, ni el tratamiento de ortopedia por parte de la Fundación CardioInfantil.


Que las respuestas otorgadas por la Dirección de Sanidad han sido irrespetuosas y faltas de realidad; asimismo, «no quieren autorizar el procedimiento quirúrgico de su hijo en el Hospital Simón Bolívar como esta ordenado, ya que los cirujanos plásticos de la Policía no lo van a asumir, ni tampoco el tratamiento de ortopedia […]».


Que en su sentir, la Policía Nacional lo único que ha hecho es «dilatar el proceso y si finalmente me dan las citas, después los exámenes o procedimientos que generan estas o nuevas valoraciones no son atendidos, haciendo caso omiso a lo fallado en una acción de tutela».


Por lo anterior, solicitó el amparo de los derechos fundamentales a la salud y a la vida e integridad personal de su menor hijo, y en consecuencia pidió que se ordene a las entidades accionadas que «se le autorice la cirugía, exámenes, procedimientos antes, durante y después y...

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