Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 76917 de 15 de Noviembre de 2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE CARTAGENA |
Número de expediente | T 76917 |
Número de sentencia | STL19292-2017 |
Fecha | 15 Noviembre 2017 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
Magistrado ponente
STL19292-2017
Radicación n.° 76917
Acta 42
Bogotá, D.C., quince (15) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por RICHARD ANTONIO ROJAS NÚÑEZ, frente al fallo proferido el 9 de octubre de 2017 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena, dentro de la acción de tutela que interpuso contra la NACIÓN – MINISTERIO DE TRANSPORTE, trámite al que fueron vinculados el MUNICIPIO DE TURBACO (BOLÍVAR) y la SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE de esa municipalidad.
- ANTECEDENTES
Relata el accionante que es propietario de la motocicleta de placas LGG-43B; que el 5 de octubre de 2013, le impusieron el comparendo n.º 99999999000001486320, por supuestamente ir conduciendo en estado de embriaguez, pese a que ese día iba de parrillero y quien manejaba el vehículo era su compañera permanente, D.R.G., ello con el fin de evitar problemas con las autoridades de tránsito pues ciertamente había consumido bebidas alcohólicas.
Que los policías de tránsito inmovilizaron la motocicleta cuando se encontraba en el parqueadero y a D.R. no le realizaron la prueba de alcoholemia «sabiendo que ella era la que conducía el rodante y pretendieron hacerle la prueba a él como si estuviera conduciendo la moto en esas condiciones».
Que el 20 de febrero de 2014, fue llamado a descargos y la única testigo fue D.R.G., quien ratificó su versión; que por Resoluciones n.º STTT-015 y ST-0790 del 26 de marzo de 2014, fue sancionado con multa de $884.300 y la suspensión de su licencia de conducción por 60 meses; que al carecer los referidos actos administrativos de una adecuada motivación, interpuso recurso de apelación, que fue resuelto de manera desfavorable a sus intereses.
Que por lo anterior, presentó acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra el Municipio de Turbaco – Secretaría de Tránsito y Transporte, que fue repartida al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Cartagena; que el 7 de diciembre de 2016, concilió con el Municipio de Turbaco, que aceptó revocar las sanciones que le fueron impuestas, acuerdo que fue aprobado por el Juzgado; que el 27 de abril de 2017, la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal de Turbaco expidió la Resolución STTT DATN 001:17 del 24 de abril de 2017, mediante la cual ordenó la anulación de las resoluciones a través de las cuales se le...
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