Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 76965 de 29 de Noviembre de 2017
Sentido del fallo | DECLARACIÓN DE NULIDAD |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE BOGOTÁ |
Fecha | 29 Noviembre 2017 |
Número de sentencia | ATL8154-2017 |
Número de expediente | T 76965 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
Magistrado ponente
ATL8154-2017
Radicación n.° 76965
Acta 44
Bogotá, D.C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
Sería el caso resolver la impugnación interpuesta por CLAUDIA IVONNE GARCÍA FLÓREZ quien actúa en representación de LUIS GERMÁN Y GABRIEL ENRIQUE GARCÍA FLÓREZ contra la providencia dictada por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, el 10 de octubre de 2017, dentro de la acción de tutela que promovió la parte recurrente contra la NACIÓN – MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL, el GRUPO INTERNO DE TRABAJO GESTIÓN PASIVA SOCIAL DE PUERTOS DE COLOMBIA Y/O UNIDAD ADMINISTRATIVA DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL - UGPP, de no ser porque se advierte configurada una causal de nulidad por indebida integración del contradictorio, que invalida lo actuado.
- ANTECEDENTES
La accionante instauró la presente súplica constitucional en virtud de la cual solicitó la protección de los derechos fundamentales de sus hermanos interdictos, al debido proceso, a la seguridad social, al mínimo vital, a la salud y al acceso a la administración de justicia, los cuales considera vulnerados por las autoridades accionadas.
Para el efecto, manifestó que en virtud de la sentencia del 28 de febrero de 2013 proferida por el Juzgado Catorce Laboral de Descongestión del Circuito de Bogotá, se declaró que los actores L.G. y Gabriel Gustavo García Aguirre son beneficiarios de la pensión de sobrevivientes de su progenitor L.G.G.A. y por ende que tienen derecho a que el Ministerio de la Protección Social, Grupo Interno de Trabajo Gestión Pasivo Social de Puertos de Colombia, les siga reconociendo y pagando la pensión de sobrevivientes a que tienen derecho, junto con las mesadas dejadas de percibir desde el 30 de enero de 2006; decisión confirmada por la Sala Única de Descongestión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el 31 de julio de 2013.
Expuso que ejecutoriadas las citadas sentencia, procedió a promover el proceso ejecutivo el 16 de diciembre de 2013, quien con proveído del 10 de agosto de 2015 ordenó continuar con la ejecución; no obstante lo anterior, adujo que las medidas de embargo solicitadas no han prosperado «por cuanto que los dineros del fondo son inembargables».
Reprochó la actora, que la falta de cumplimiento...
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SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 76965 del 28-02-2018
...escrito de impugnación obrante a folios 119 a 122, con el que reitera el amparo irrogado en el escrito de tutela. Esta Sala Laboral con ATL8154-2017 del 29 de noviembre de 2017, declaró la nulidad de lo actuado, en razón a que no se vinculó dentro del trámite constitucional al Juzgado Quinc......