Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 51876 de 17 de Enero de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 701419577

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 51876 de 17 de Enero de 2018

Sentido del falloDIRIMIR LA COLISIÓN
Tribunal de OrigenJuzgado Penal de Circuito Especializado de Popayán
Número de expediente51876
Número de sentenciaAP108-2018
Fecha17 Enero 2018
Tipo de procesoCOLISIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal





EYDER PATIÑO CABRERA Magistrado ponente



AP108-2018

Radicación n.° 51876

Acta 6


Bogotá, D. C., diecisiete (17) de enero de dos mil dieciocho (2018).



MOTIVO DE LA DECISIÓN


Se resuelve la colisión negativa de competencias que se suscita entre los Juzgados 1º y 2º Penales del Circuito Especializados de Popayán y Pasto, respectivamente, con ocasión del proceso que se adelanta contra Yeris Alberto Regino López, desmovilizado de las Autodefensas Unidas de Colombia [en adelante AUC], por la conducta punible de concierto para delinquir agravado.


ANTECEDENTES PROCESALES


1. Tras la firma de la Resolución No. 091 del 15 de junio de 2004, a través de la cual la Presidencia de la República declaró abierto el proceso de diálogo, negociación y firma de Acuerdo de Paz con las AUC, el 25 de julio de 2005 Yeris Alberto Regino López integrante del Bloque Libertadores del Sur, se presentó voluntariamente ante la Fiscalía 4ª Delegada adscrita a la Unidad Nacional contra el Terrorismo, con sede en Taminango (Nariño), conforme lo dispuesto en la Ley 782 de 2002 y el Decreto 3360 de 2003, expresando su voluntad de reintegrarse a la vida civil1.


2. Mediante resolución de esa fecha2, la Fiscalía dispuso la práctica de la investigación previa y en desarrollo de la misma, el mencionado desmovilizado rindió diligencia de versión libre3, al interior de la cual admitió haber hecho parte de dicha organización ilegal, señalando que sus actividades se desarrollaron en un inicio en el Departamento de Nariño [sin especificar en qué lugar] y luego en Patía - Cauca.


3. Reasignado el conocimiento del caso a la Fiscalía 46 Especializada, adscrita a la Unidad Nacional de Fiscalías para los Desmovilizados, el 18 de marzo de 20144 ordenó la apertura de la instrucción y la vinculación de Regino López, quien fue declarado persona ausente5, en tanto que, su situación jurídica se resolvió el 14 de junio de 20176, imponiéndole medida de aseguramiento consistente en detención preventiva, en lo concerniente a la conducta punible de concierto para delinquir agravado, y declarando la prescripción de la acción penal respecto del delito de utilización ilegal de uniformes e insignias.


4. El 18 de julio siguiente7, la Fiscalía 111 Especializada de la Unidad de Justicia Transicional, con sede en Cali profirió resolución de acusación en contra del procesado por el delito contra la seguridad pública, tipificado en el artículo 340 –inciso...

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