Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 52152 de 21 de Febrero de 2018
Sentido del fallo | ABSTENERSE |
Tribunal de Origen | Juzgado Penal de Circuito de Riosucio |
Número de expediente | 52152 |
Número de sentencia | AP674-2018 |
Fecha | 21 Febrero 2018 |
Tipo de proceso | CAMBIO DE RADICACIÓN |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS
Magistrado ponente
AP674-2018
R.icación N° 52152.
Aprobado acta No. 54.
Bogotá, D.C., veintiuno (21) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
VISTOS
Decide la Corte de plano la solicitud de cambio de radicación que del proceso No. 110016099034201200161, por los presuntos delitos de daño a los recursos naturales, invasión de áreas de especial importancia ecológica, usurpación de aguas y usurpación de tierras, contra Juan Manuel Campo Eljach, ha formulado la F.ía.
FUNDAMENTOS DE LA PETICIÓN
1. Adujo el F.3. Especializado de la Dirección contra las Violaciones de los Derechos Humanos-Eje Temático Protección a los Recursos Naturales y Medio Ambiente, que el 20 de septiembre de 2017, ante la «Juez 6 municipal de control de garantías» imputó cargos al señor Juan Manuel Campo Eljach, representante legal de la empresa Comercializadora Internacional Multifruits C.I Multifruits S.A., por la presunta explotación ambiental que ejercen sin permisos o licencias ambientales en la zona de Uraba, Rio Sucio, en detrimento del ecosistema y recursos naturales.
2. Indicó, que el día 14 de diciembre de 2017, presentó escrito de acusación ante el Juez Promiscuo del Circuito de Rio Sucio (Chocó); despacho que no ha programado audiencia.
3. Con destino a esta Corporación, la F.ía remitió solicitud de cambio de radicación del referido proceso, del municipio de Rio Sucio, a la ciudad de Quibdó, dado que las actividades investigativas se vieron continuamente entorpecidas por situaciones preocupantes de orden público, información que, según el petente, está corroborada por los informes de inteligencia de organismos del Estado y por la sección de análisis criminal de la F.ía General de la Nación; lo anterior, agregó, pone en riesgo la seguridad de los funcionarios públicos que se dirijan a esa zona, atendiendo lo dispendioso de su traslado; a su vez, consideró probable la falta de imparcialidad de los funcionarios judicial de la región, dado el alto grado de influencia que pueda tener el procesado.
CONSIDERACIONES
1. Corresponde a la S. determinar si es competente para pronunciarse sobre la solicitud de cambio de radicación incoada por la F.ía 3ª Especializada, dentro del presente proceso, que se adelanta contra Juan Manuel Campo Eljach, por los presuntos delitos de daño a los recursos...
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