Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº STL6598-2018 de 16 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 726921869

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº STL6598-2018 de 16 de Mayo de 2018

Fecha16 Mayo 2018
Número de expedienteT 79977
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Ponente

STL6598-2018

Radicación n° 79977

Acta 17

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por J.E.A.I. contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil el 16 de marzo de 2018, dentro de la acción de tutela que adelantó contra la SALA CIVIL FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES y el JUZGADO CUARTO CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.

Se acepta el impedimento manifestado por el doctor R.E.B..

ANTECEDENTES

El accionante fundamentó el amparo invocado en los siguientes hechos:

Que promovió acción popular en contra del Banco Davivienda S.A., por no cumplir con las normas técnicas que exigen incorporar en el teclado de sus cajeros electrónicos el «lenguaje braille», violando así lo dispuesto en el artículo 13 de la Constitución Política, el artículo 8.º de la Ley 982 de 2005 y los literales d, l y j del artículo 4.º de la Ley 472 de 1998, por lo que solicitó que se ordenara a dicha entidad que «en un término no mayor a 30 días realizara las gestiones necesarias para adecuar el artefacto a los requerimientos legales, […]»

Que el asunto le correspondió al Juzgado Civil del Circuito de Manizales, despacho que por providencia del 30 de noviembre de 2017, negó las pretensiones invocadas; que apeló y el Tribunal Superior de Manizales por pronunciamiento del 15 de febrero de 2018, confirmó la decisión del a quo.

Que en su sentir, las autoridades judiciales accionadas «olvidaron su propio precedente», pues en otros litigios concedieron similares exigencias a las requeridas en el presente caso.

Por lo anterior, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a «las garantías procesales», y en consecuencia se revoque la determinación adoptada por el Tribunal acusado y se profiera nuevo fallo.

TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA

Mediante auto del 7 de marzo de 2018, la Sala de Casación Civil avocó conocimiento, ordenó notificar a las autoridades judiciales accionadas y vincular a todas las autoridades judiciales, partes e intervinientes dentro de la acción popular con radicado n.º 2016-00393, para que hicieran uso del derecho de defensa.

La Magistrada Ponente, luego de hacer un recuento de las actuaciones adelantadas en el Tribunal y de remitir el acta de la audiencia celebrada en segunda instancia, señaló que «el...

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