Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP1957-2018 de 16 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 726922141

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP1957-2018 de 16 de Mayo de 2018

Número de expediente52721
Fecha16 Mayo 2018
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

J.L.B. CAMACHO

Magistrado Ponente

AP1957-2018

Radicado n.º 52721

(Acta n.º 153)

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Define la Corte la competencia para conocer del trámite adelantado en contra de H.F.M. FRANCO y D.M. CASTILLO.

A N T E C E D E N T E S
  1. Conforme el escrito de acusación, H.D.L.A., dedicado al transporte de mercancías en el camión Chevrolet NNR Turbo de placas UFW 554 de su propiedad, fue contratado en Bucaramanga (Santander), el 27 de octubre de 2016, por un individuo que se hizo llamar “E.” (HÉCTORF.M. FRANCO) para que trasladara unas estibas desde esa ciudad hasta el municipio de Mutiscua (Norte de Santander). Una vez subida la carga al rodante, con ayuda de un sujeto que dijo llamarse “J.”, se dirigieron todos a su destino, no obstante, aproximadamente a siete kilómetros de Pamplona, se desviaron de la ruta principal hacia un ramal so pretexto de que estaban cerca del sitio de arribo, siendo allí amedrentado el transportador con una pistola que portaba “E.” quien le notificó que necesitaba del vehículo para llevar algunas armas. En ese lugar, se encontraban cuatro personas más que ubicaron al señor L.A. en el puesto del pasajero, percatándose éste que “J.” tenía un cuchillo, una pistola y un arma de fuego tipo fusil, uniéndoseles en la cabina otro sujeto que también portaba un fusil. Despojado de sus pertenencias, se le mantuvo en compañía de estos individuos dentro del camión que después se dirigió con rumbo a Pamplona, manejado por D.M.C., del cual luego fue bajado para ser conducido hacia zona boscosa donde fue amarrado y custodiado hasta su liberación, al día siguiente.

  2. Por estos hechos se formuló imputación en contra de D.M. CASTILLO y H.F.M. FRANCO ante el Juzgado Primero Penal Municipal con función de control de garantías ambulante de B. y el Juzgado Diecinueve Penal Municipal con función de control de garantías de Barranquilla, el 14 de diciembre de 2017 y el 31 de enero de 2018, respectivamente, por los ilícitos de secuestro simple, hurto calificado y agravado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado (artículos 168, 171, 239, 240, inciso 4.º, 241, numeral 10, 267, numeral 1.º y 365, numerales 4 y 5, del Código Penal), cargos que no aceptaron.

  3. Radicada la acusación en el Juzgado Décimo Penal del...

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