Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC6294-2018 de 16 de Mayo de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 726922385

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC6294-2018 de 16 de Mayo de 2018

Fecha16 Mayo 2018
Número de expedienteT 1100102030002018-01249-00
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.W.Q.M.

Magistrado ponente

STC6294-2018

Radicación n° 11001-02-03-000-2018-01249-00

(Aprobado en sesión de dieciséis de mayo de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de mayo de dos mil dieciocho (2018).

Se decide la acción de tutela instaurada por E.J.R.V. contra la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué y el Juzgado Sexto Civil del Circuito de esa misma ciudad, trámite al cual se vinculó a las partes e intervinientes en el proceso que originó la queja.

ANTECEDENTES
  1. La promotora del amparo, a través de apoderado judicial, reclamó protección constitucional de sus garantías fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, propiedad, igualdad y «a la defensa de sus intereses como sujeto procesal», que dice vulneradas por las autoridades judiciales accionadas.

    Por tanto, solicitó se ordene al Tribunal convocado «adicionar el fallo proferido… [el 8 de noviembre de 2017]… en el sentido de incluir[la]..., en su calidad de cesionaria de los derechos litigiosos de la demandante inicial…» y que, «como consecuencia de ello se ordene al Juzgado Sexto Civil del Circuito de Ibagué, librar oficio a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos…, ordenando que dicha oficina tome nota que la nueva titular de los derechos sobre los inmuebles [en litigio]… es… E.J.R.V..

  2. Son hechos relevantes para la definición de este asunto los siguientes:

    2.1. Z.B. promovió demanda ordinaria en contra de N.D.B., con la finalidad de que se decretara la nulidad absoluta del contrato de compraventa contenido en la escritura pública 2054 del 3 de agosto de 2012, otorgada en la Notaría Tercera de Ibagué, a través del cual la demandante vendió a su antagonista los inmuebles identificados con folios inmobiliarios 350-46800 y 350-35637. Además, como primera pretensión subsidiaria, reclamó se declarara la simulación relativa del prenotado acto y, como segunda súplica, también subsidiara, se reconociera que sufrió lesión enorme en la celebración de tal pacto.

    2.2. Con escritura pública 542, de 11 de abril de 2016, la demandante cedió, «a título gratuito», sus derechos litigiosos a E.J.R.V., siendo reconocida la cesionaria con proveído del 22 de agosto de 2016.

    2.3. Mediante sentencia del 30 de noviembre de 2016, el a quo accedió a las segundas pretensiones subsidiarias (lesión enorme), decisión que apelaron ambas partes, siendo parcialmente revocada por el Tribunal criticado, para en su lugar, declarar relativamente simulada la compraventa objeto del litigio, por cuanto encontró que el acto realmente celebrado fue una donación, declarando la nulidad de la misma «en todo lo que exceda la suma de… $28.335.000» y, finalmente, ordenó oficiar a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué, para que efectuara las anotaciones pertinentes en los folios inmobiliarios de los predios involucrados en dicho negocio jurídico.

    2.4. Cumplido lo anterior, la cesionaria solicitó al a quo que informara a la Oficina de Registro que, en virtud de la cesión de derechos litigiosos que efectuó con la inicial demandante, debía ser ella inscrita «como la nueva titular de derecho de dominio…», solicitud a la que no accedió el juzgado enjuiciado con auto del 30 de noviembre de la anualidad pasada, negativa que censuró la quejosa en reposición y, en subsidio, apelación.

    2.5. Con providencia del 9 de marzo de 2018, la juzgadora de primera instancia desestimó el primero de esos medios de impugnación y negó la concesión de la alzada formulada subsidiariamente.

    2.6. Por vía de tutela, criticó la promotora del resguardo que el Tribunal omitió advertir la existencia de la cesión de derechos litigiosos, «para ordenar oficiar a la Oficina de Registro ordenándole hacer las anotaciones de rigor en favor de… la cesionaria, acto que necesariamente debía desprenderse per se del… reconocimiento de la misma dentro del...

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