Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP4491-2018 de 5 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 734056893

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP4491-2018 de 5 de Abril de 2018

Fecha05 Abril 2018
Número de expedienteT 97553
MateriaDerecho Penal

E.P.C.

Magistrado ponente

STP4491-2018

Radicación n.° 97553

Acta 108

Bogotá, D.C., cinco (5) de abril de dos mil dieciocho (2018)

ASUNTO

Se resuelve la impugnación presentada por L.F.A.V., quien acude a través de apoderada judicial, frente a la decisión proferida el 2 de febrero de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Buga, mediante la cual le negó la acción de tutela interpuesta contra el Juzgado 3º Penal del Circuito de Buga, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y a la defensa.

Al presente trámite fueron vinculados las partes e intervinientes dentro del proceso penal seguido en adversidad del accionante por los delitos de peculado por apropiación y concierto para delinquir.

ANTECEDENTES
  1. Hechos y fundamentos de la acción

Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:

Expuso la actora que su procurado, fue capturado el 26 de abril de 2017; con ocasión de lo anterior, se llevaron a cabo las correspondientes audiencias preliminares por parte del Juzgado Tercero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Buga, en una de las cuales, aquél aceptó cargos. El 2 de mayo de 2017, la aludida judicatura se abstuvo de imponer medida de aseguramiento; empero, la Fiscalía interpuso recurso de apelación que correspondió conocer al Juzgado Tercero Penal del Circuito de Buga.

El 18 de enero de 2018, el referido despacho judicial desató la censura propuesta por la Fiscalía, revocó el proveído recurrido e impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario a su representado; empero, dentro de sus argumentos la Juez no tuvo en cuenta que: i) en primera instancia solicitó que se sustituyera la medida por ostentar su defendido la condición de padre cabeza de familia y ii) que, con esos fines, aportó los elementos de juicio necesarios para el análisis de dicho instituto. En razón de lo anterior, consideró la actora vulnerados los derechos fundamentales de Defensa y Debido Proceso del señor L.F.A.V..

LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala Penal del Tribunal Superior de Buga negó el amparo al considerar que no se observa ninguna irregularidad al momento en que la autoridad judicial accionada concluyó que era necesario imponer medida de aseguramiento en contra del accionante, toda vez que la misma fue fundamentada en la Constitución y la ley.

Resaltó que el actor tiene la posibilidad de solicitar la sustitución de la medida de aseguramiento, de conformidad con lo previsto en el numeral 5º del artículo 315 de la Ley 906 de 2004, por lo que el juez constitucional no se puede inmiscuir en los asuntos encomendados a los...

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