Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP4493-2018 de 5 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 734057265

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP4493-2018 de 5 de Abril de 2018

Número de expedienteT 97467
Fecha05 Abril 2018
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS nº 1

L.G.S.O.

Magistrado ponente

STP4493-2018

Radicación n° 97467

Acta 108.

Bogotá, D.C., cinco (5) de abril de dos mil dieciocho (2018).

VISTOS

Decide la Corte la impugnación presentada por el accionante SERGIO NASTACUAS NASTACUAS, frente al fallo proferido el 7 de febrero del año en curso, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, mediante el cual negó la tutela incoada contra los Juzgados Cuarto Penal del Circuito y Primero Penal Municipal Ambulante con Función de Control de Garantías de esa ciudad, por la presunta vulneración de los derechos al debido proceso, igualdad y libertad.

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Fueron relacionados en el fallo de primera instancia en los siguientes términos:

[…]El actor se encuentra actualmente cumplimiento (sic) detención preventiva en la cárcel judicial de esta ciudad, desde el 12 de diciembre de 2016, luego de que el Juzgado Quinto Penal con función de control de garantías le impusiera medida de aseguramiento, en audiencia preliminar concentrada por medio de la cual una vez se declaró la legalidad de su captura por orden judicial, procediera la Fiscalía a imputarle cargos por los delitos de concierto para delinquir en concurso con homicidio agravado, porte ilegal de armas y secuestro simple, derivados de su presunta participación en hechos ocurridos el 11 de diciembre de 2015, en los cuales perdiera la vida el señor ORLANDO ORTEGA PAI, fácticos que no fueron aceptados por el imputado.

Contó que la investigación también se adelanta en contra de los señores HERMÍSUL TAICUS GUANGA y E.A.C.N., quienes a pesar de haber sido cobijados igualmente con detención intramural, recobraron su libertad en fechas 28 de julio y 15 de noviembre de 2017, respectivamente, como consecuencia de la revocatoria de la medida de aseguramiento que estuvo a cargo de los Juzgados Promiscuo Municipal de R., N., y Segundo Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Pasto, puesto que aseguró que se aportaron EMP que colocaron en duda la inferencia razonable de autoría y participación.

Mencionó que su apoderada judicial elevó petición de audiencia de revocatoria de medida de aseguramiento, la que fue celebrada el 30 de octubre de 2017 por el Juzgado Primero Penal Ambulante de Pasto, diligencia en la que se exhibió los EMP que sirvieron de fundamento para la revocatoria de los otros procesados y que a su vez se trataba de elementos que no fueron conocidos al momento de la imposición de la medida, no obstante, la Judicatura llegó a la conclusión de que si bien había duda en la inferencia razonable, esta debía debatirse en juicio, puesto que los EMP aportados por la defensa no tenían la virtualidad de desvirtuar las afirmaciones de las víctimas, además de catalogar los testigos como sospechosos; fueron esos los motivos con los que negó la revocatoria de la medida de aseguramiento.

Aseveró que la decisión al ser impugnada por su defensora le correspondió al Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Pasto resolver la alzada, mediante providencia del 17 de enero del año en curso, en la cual confirmó con base en argumentos similares lo decidido por el Juez de primer nivel».

PRETENSIONES

El actor solicita que en amparo de sus derechos al debido proceso, igualdad y libertad se «ordena a quien corresponda» revoque la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento de reclusión...

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