Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº AL1571-2018 de 11 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 734063033

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº AL1571-2018 de 11 de Abril de 2018

Fecha11 Abril 2018
Número de expediente79500
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

G.B.Z.

Magistrado ponente

AL1571-2018

Radicación n.° 79500

Acta 12

Bogotá, D.C., once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018).

Resuelve la Corte el recurso de queja que presentó BAVARIA S.A. contra el auto del 12 de octubre de 2017, dictado por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, mediante el cual se negó el recurso extraordinario de casación propuesto contra la sentencia de segunda instancia del 30 de agosto de 2017, dentro del proceso ordinario que M.A.G. CARO, le sigue a la sociedad recurrente.

ANTECEDENTES

El actor instauró proceso ordinario laboral contra BAVARIA S.A., COMPAÑÍA DE SERVICIOS Y ADMINISTRACION S.A SERDAN S.A, con miras a que se declare la existencia de un contrato de trabajo entre las partes, vigente del 12 de abril de 1996 al mismo día y mes del 2013.

En consecuencia, pretendió que se condene a las demandadas en forma solidaria al pago de la indemnización por despido injusto, nivelación de: cesantías e intereses de las mismas, salarios conforme al pacto colectivo, vacaciones y primas de servicios de carácter legal, así como las de junio, diciembre, pascua, productividad, descanso, trabajos realizados en días feriados y domingos de carácter extralegal, subsidio de alimentación, condenas ultra y extrapetita y costas procesales.

Concluido el trámite de primera instancia, el Juzgado Laboral del Circuito de Zipaquirá, mediante fallo de 6 de octubre de 2015, resolvió:

“Primero: DECLARAR que entre el demandante señor M.A.G.C. y la demandada Cervecería Leona hoy Bavaría S.S. existió un contrato de trabajo a término fijo vigente desde el día 07 de julio del año 1998 y el día 07 de julio del año 1999.

Segundo

ABSOLVER a la demandada B.S.A., de las restantes súplicas de la demanda.

Tercero

ABSOLVER a la demandada S.S.A., de todas y cada una de las suplicas de la demanda.

Cuarto

CONDENAR al demandante señor M.A.G.C., a pagar las costas del proceso las cuales se tasarán por Secretaría y al pago de las agencias en derecho las cuales se fijan e cuantía de un (01) SMLMV en favor de la demandada Serdán S.A.

Quinto

CONDENAR a la demandada Bavaria S.A., a pagar las costas del proceso las cuales se tasarán por Secretaría y al pago de las agencias en derecho las cuales se fijan en cuantía de un (01) SMLMV en favor del demandante.

(…)”

Sexto

DECLARARSE probada la excepción de prescripción”.

Al resolver el recurso de apelación propuesto por ambas partes, el juez de segundo grado, mediante sentencia de 30 de agosto de 2017, modificó la de primera instancia, así:

  1. - MODIFICAR la sentencia del 06 de octubre de 2015 proferida por el juzgado Laboral del Circuito de Zipaquirá-Cundinamarca, en el sentido de declarar la existencia de varios de los contratos de (sic) trabajados desarrollados entre el demandante y BAVARIA S.A así:

    Del 09 de abril de 1996 al 30 de abril de 1997.

    Del 23 de mayo de 1997 hasta el 15 de junio de 1998

    Del 07 de julio de 1998 hasta el 18 de agosto de 2002.

    Del 07 de agosto de 2002 al 03 de agosto de 2008.

    Del 19 de agosto de 2008 hasta el 18 de agosto de 2011.

  2. Declarar probada la excepción de prescripción propuesta.

  3. - ABSOLVER a BAVARIA S.A de las costas impuestas en la sentencia apelada.

  4. CONFIRMAR en lo demás la sentencia impugnada.

  5. SIN COSTAS en esta instancia.

    (…)”.

    Inconforme...

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