Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP1389-2018 de 11 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 734064605

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº AP1389-2018 de 11 de Abril de 2018

Fecha11 Abril 2018
Número de expediente52450
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

L.G.S.O.

Magistrado ponente

AP1389-2018

Radicación N° 52450.

Acta 115.

Bogotá, D.C., once (11) de abril de dos mil dieciocho (2018).

V I S T O S
  1. Se define de plano el juez competente para conocer del asunto adelantado contra F.S.M., por la presunta comisión de los delitos de daño en los recursos naturales y contaminación ambiental por residuos sólidos peligrosos.

ANTECEDENTES
  1. Fácticos

    2.1. En el escrito de acusación se relatan los siguientes hechos jurídicamente relevantes:

    RELACION FACTICA (sic).

    Se investigan hechos relacionados con las actividades de daño a los recursos naturales agravado y contaminación ambiental por residuos sólidos peligrosos derivado de unas denuncias de la CAR, Cundinamarca, quien mediante Auto OPSC No. 1191 del 29 de Agosto de 2013, inició trámite administrativo ambiental de carácter sancionatorio, por el desarrollo de las actividades, que a continuación se relacionan, donde se constata que en el predio denominado Hacienda Martinica, localizado en la vereda Calahorra del municipio de Cajicá (Cundinamarca), identificado con la cédula catastral No. 09-0004-00133-000, de propiedad de la Sociedad Inversiones Arboleda & Cía. S en C, el cual cuenta con un área aproximada de 81 hectáreas, se verifica un uso indebido de la zona de manejo y preservación ambiental por parte del señor F.S.M., IDENTIFICADO CON LA CEDULA DE CIUDADANÍA 19.340.266, quien :se ubica en la VARIANTE CAJICÁ-ZIPAQUIRÁ FINCA ARBOLEDAS VEREDA CHONUGUA…

  2. Procesales

    3.1. El 15 de noviembre de 2017, en audiencia preliminar celebrada ante el Juzgado 39 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de esta ciudad, la Fiscalía 51 Especializada de la misma urbe, formuló imputación en contra de F.S.M. por hechos que correspondían a las conductas punibles de daño a los recursos naturales y contaminación ambiental por residuos sólidos peligrosos.

    3.2. En el desarrollo de la mencionada vista pública, el agente del ente investigador solicitó la imposición de medida de aseguramiento no privativa de la libertad, la cual no fue decretada por la citada agencia judicial.

    3.3. El 15 de diciembre de 2017, el delegado investigador presentó escrito de acusación por los reatos antes referidos, que fue repartido al Juzgado 25 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá, el cual, mediante auto del...

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