Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP4812-2018 de 12 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 734066953

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP4812-2018 de 12 de Abril de 2018

Número de expedienteT 97711
Fecha12 Abril 2018
MateriaDerecho Penal

Eyder Patiño Cabrera

Magistrado ponente

STP4812-2018

Radicación n.° 97711

Acta 117

Bogotá, D.C., doce (12) de abril de dos mil dieciocho (2018).

ASUNTO

Se resuelve la impugnación presentada por la apoderada judicial de la empresa Monómeros S.A., frente al fallo emitido el 24 de enero de 2018, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia mediante la cual negó la tutela interpuesta contra la Sala Laboral del Tribunal Superior y el Juzgado 9º Laboral del Circuito, ambos de Barranquilla, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso e igualdad.

Al presente trámite fueron vinculadas las partes e intervinientes en el proceso n.o 2013-00534.

ANTECEDENTES

Hechos y fundamentos de la acción

Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:

La accionante presentó queja constitucional en contra de las autoridades judiciales cuestionadas, al considerar que le están vulnerando sus derechos fundamentales al debido proceso e igualdad.

Para el efecto, manifiesta que D.B. inició proceso ordinario laboral en su contra, con el propósito que se declarara la existencia de un contrato realidad.

El conocimiento del asunto le correspondió al Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Barranquilla y mediante sentencia de 11 de marzo de 2016 condenó parcialmente a la demandada. Inconforme con esa decisión, ambas partes presentaron recurso de apelación.

Aduce que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla a través de fallo de 24 de agosto de 2017 modificó la determinación del a quo, aumentando el valor por concepto de indemnización por despido injusto impuesta a la sociedad tutelante, al estimar que la fecha de desvinculación del demandante correspondía al 31 de julio de 2011.

Acusa la accionante de las autoridades judiciales de haber incurrido en un yerro jurídico “al asumir una presunta relación laboral entre el demandante y Monómeros, declarándola desde el año 2006 hasta el 2011, por cuanto dentro del proceso, que nos ocupa, quedó evidenciado que no hay prueba que demuestre la subordinación directa por parte Monómeros”.

Agrega que de las pruebas aportadas dentro del proceso se evidenció que el demandante nunca fue funcionario o empleado de la demandada; que “la relación laboral o civil del demandante fue respecto de las contratistas”, siendo estas sus únicas empleadoras y que el objeto social de los contratos suscritos entre Monómeros S.A. y las empresas contratistas, son completamente extraños a la actividad económica de la accionante.

De otro lado, destaca no existía prueba siquiera sumaria que lograra demostrar la prestación personal del servicio a favor de Monómeros S.A.

Concluye que las autoridades judiciales cuestionadas no hicieron el respectivo análisis probatorio.

Por lo anterior, solicita el amparo de sus derechos fundamentales invocados y como consecuencia de ello se revoque parcialmente las sentencias de 11 de marzo de 2016 y de 24 de agosto de 2017, negando el reconocimiento y pago de la...

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