Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC4958-2018 de 19 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 735975145

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil y Agraria nº STC4958-2018 de 19 de Abril de 2018

Número de expedienteT 1300122130002017-00448-02
Fecha19 Abril 2018
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
MateriaDerecho Civil

A.W.Q.M.

Magistrado ponente

STC4958-2018

Radicación n° 13001-22-13-000-2017-00448-02

(Aprobado en sesión de dieciocho de abril de dos mil dieciocho)

Bogotá, D.C., diecinueve (19) de abril de dos mil dieciocho (2018).

Decide la Corte la impugnación interpuesta frente al fallo proferido el 12 de marzo de 2018 por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, en la acción de tutela promovida por J.E.R. contra los Juzgados Cuarto, Sexto y Séptimo Civiles Municipales, Cuarto Civil del Circuito, la Secretaria del Juzgado Cuarto Civil Municipal, la J. y los empleados de la Oficina Judicial de Reparto, todos de la misma ciudad, trámite al que se vincularon el Juzgado Primero Civil del Circuito, la Fiscalía Séptima Delegada ante el Tribunal Superior de la capital de Bolívar y C.G.I. de A..

ANTECEDENTES
  1. En confuso escrito, el promotor pretende la protección constitucional de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y contradicción, así como al acceso a «una buena» administración de justicia, que dice vulnerados por las autoridades judiciales accionadas.

    En consecuencia, solicita:

    (i) Declarar la nulidad de los procesos 2005-00371, 2008-00391 (2008-00392) y 2012-00770 que, en su orden, tramitaron los Juzgados Cuarto, Sexto y Séptimo Civil Municipal de Cartagena para, en su lugar, dictar «sentencia que ponga punto final» al ejecutivo mixto iniciado por C.G.I. de A. contra J.E.R. y su esposa B.L.C. de R., a «sabiendas de que esta última había fallecido».

    (ii) Que la ejecutante devuelva la suma de 9 millones 465 mil 044 pesos, más los intereses, costas procesales e «indemnización de perjuicios», que obtuvo del quejoso y su difunta esposa, del referido cobro coactivo.

    (iii) Investigar y tutelar al Juez Cuarto Civil del Circuito de Cartagena y a los empleados de la Oficina Judicial de Reparto de esa ciudad por el «trámite irregular de las acciones de tutela nos. 13001310300320170035600 y 13001310300420170045100», la cuales fueron «retenidas en el [citado] despacho».

  2. El interesado aduce como soporte de tales pedimentos lo siguiente:

    2.1. Que la Fiscalía Séptima Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena se negó a investigar al Juez Séptimo Civil Municipal de esa ciudad; que el Juez Cuarto Civil del Circuito de dicha localidad manipuló el reparto de las acciones de tutela nos. 2017-00356-00 y 2017-00451-00, «se vendió por plata a la demandante C.G.I. de A. con el compromiso de seguir con la persecución judicial, con doble incriminación y amenazas de muerte» contra aquél, su familia y su apoderado judicial, a quien le fueron negados todos los recursos judiciales promovidos en el interior de los procesos nos. 2005-00371, 2008-00391 (2008-00392) y 2012-00770.

    2.2. Que la secretaria del Juzgado Cuarto Civil Municipal de la capital de Bolívar se «inventó el número 371-2005», que igualmente la jefa de la Oficina de Reparto Judicial de esa localidad «se inventó» los nos. 391-2008 y 770-2012, relativos a las demandas seguidas en su contra por C.G..

    2.3. Que C.G.I. de A. fue condenada por los punibles de estafa y fraude procesal originados en la causa ejecutiva n° 2005-00371 tramitada en el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Cartagena, la cual fue «admitida en forma ilegal», dado que fue directamente presentada por el apoderado judicial de aquélla, sin pasar previamente por la Oficina Judicial de Reparto. En dicho juicio la ejecutante solicitó que el quejoso y su esposa B.L.C. de R. -a sabiendas que ésta había fallecido-, satisficieran unas obligaciones vertidas en una hipoteca y dos letras de cambio, «borradas, enmendadas y adulteradas», que éstos habían pagado con antelación, lo que trajo como consecuencia el remate de su vivienda familiar, el embargo y secuestro de muebles y dineros de cuentas bancarias de propiedad de los ejecutados.

    2.4. Que las autoridades judiciales accionadas «vienen manipulando el reparto judicial de la tutela 2017-0032500 en principio, asignada al Juez Primero Civil del Circuito de Cartagena…, se apropiaron de la plata que le sacaron a la demandante C.G.I. de A., con el objetivo de no fallar la[s] demanda[s] 371-2005…, 391-2008… y 770-2012».

    2.5. Que la tutela radicada bajo los nos. 2017-00356[1] y 2017-00451[2] debió remitirse al Tribunal Superior de Cartagena, a efectos de que dirimiera el conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Tercero y Cuarto Civil del Circuito de esa localidad.

    LAS RESPUESTAS DE LOS CONVOCADOS

    El Juzgado Cuarto Civil Municipal de Cartagena informó que el proceso 2005-00371 fue remitido al juzgado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR