Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5270-2018 de 24 de Abril de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 735975877

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal - Sala de Decisión de Tutelas nº STP5270-2018 de 24 de Abril de 2018

Fecha24 Abril 2018
Número de expedienteT 97514
MateriaDerecho Penal

EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente

STP5270-2018

Radicación n.º 97514

(Acta 126)

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de abril de dos mil dieciocho (2018).

Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación formulada por la accionante L.L.E.C., contra el fallo de 8 de febrero de 2018, proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto, a través del cual negó por improcedente el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, trabajo, buen nombre y propiedad, presuntamente vulnerados por el Juzgado Segundo Penal Municipal Ambulante con Funciones de Control de Garantías de esa ciudad, en actuación que involucró a la Fiscalía 62 Especializada de Extinción de Dominio.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Informa la accionante que es propietaria del vehículo automotor de placas SKV642 de servicio público, afiliado a la Empresa de Transportes Especiales Narváez, el cual adquirió con un crédito, quedando pignorado a la Empresa REPONER S.A.

Informa que le otorgó permiso al conductor del vehículo Y.A.B. para realizar un viaje por 20 días a Chile; sin embargo, el 3 de octubre de 2016 fue informada de la incautación del rodante por trasportar estupefacientes.

Expone que tras la celebración de las audiencias preliminares realizadas contra el conductor, el vehículo fue inmovilizado y puesto a disposición de la Fiscalía 7ª Especializada de Pasto. Por ello, solicitó la devolución del bien mueble ante el Juzgado 2° Penal Ambulante con Funciones de Control de Garantías de esa ciudad, siendo negadas sus pretensiones.

Luego, el vehículo quedó a disposición de la Fiscalía 62 Especializada de Extinción de Dominio, sin que se haya podido realizar la devolución del bien, a pesar de haber aportado los elementos probatorios suficientes que demuestran que es una tercera de buena fe, sin relación alguna con los implicados en la investigación penal.

Por ende, considera que la negativa de devolverle el rodante le ha generado afectaciones económicas, ya que se ha visto insolvente para cancelar las cuotas del crédito del vehículo, en detrimento de sus derechos fundamentales.

En consecuencia, solicita que se ordene a las autoridades accionadas autorizar la devolución del vehículo de su propiedad.

TRÁMITE DE LA ACCIÓN

Avocado su conocimiento, se ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades accionadas e involucrados para que ejercieran el derecho de contradicción y aportaran la información pertinente, obteniendo las siguientes...

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